AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 |

El Peruano - Edición del 02/02/2006 - Pagina 56


"

Pag. 311810

NORMAS LEGALES

Lima, jueves 2 de febrero de 2006 la inf or macion requer ida por la Le y de Mercado de calidad de Entidad Estructuradora; a Centura Sociedad V alores , el Reglamento de Of er ta Pub lica Pr imar ia y de Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Representante V enta de

V alores Mobiliar ios, y sus nor mas complementar de los Ob ias , habiendose verificado asimismo que a la fecha el emisor cumple con la condicion de Entidad Calificada;

Que, el articulo 2º numeral 2) de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisor ios de CONASEV , estab lece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Publico del Mercado de

V alores , deben ser difundidas a tr a ves del Boletin de

Nor mas Legales del Diar io Oficial El P e r u ano y de la pagina de CONASEV en Inter net; y ,

Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes de la Le y del Mercado de V alores , el

Reglamento de Of er ta Pub lica Primar ia y de Disponen registrar actualizacion de V enta de

V alores Mobiliar ios, asi como al acuerdo adoptado en sesion del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, segun el cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar el tramite anticipado de inscripcion de valores y/o registro de prospectos, disponer el registro de los prospectos informativos, asi como la inscripcion de los programas de emision;

SE RESUEL VE:

Articulo 1º.- Aprobar la renovacion del tramite anticipado y disponer el registro del segundo prospecto marco correspondiente al "Primer Programa de Bonos

Cor por ativ os Duk e Energy P e ru" hasta por un monto maximo en circulacion de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados

Unidos de America), o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Pub lico del Mercado de V alores Gerencia de Mercados y Emisores; asi como el .

Articulo 2º.- En tanto Duke Energy Egenor Sociedad en Comandita por Acciones mantenga su condicion de

Entidad Calificada y se trate de la emision de valores tipicos, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta publica a que se refiere el articulo precedente se podran entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion.

En su defecto, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetaran a lo dispuesto en el articulo 14º, inciso b), numeral 2), del

Reglamento de Of er ta Pub lica Primar ia y de 2005-EF/94.11, del 13 de setiembre de 2005, se dispuso V enta de

V alores Mobiliarios .

Articulo 3º.- La oferta publica de los valores a los que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente resolucion deberan efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el ar ticulo 25º y , de ser el caso , en el ar S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/ ticulo 29º del

Reglamento de Of er ta Pub lica Primar ia y de 100 Nuevos Soles) y disponer el registro del prospecto V enta de

V alores Mobiliar i o s . Asimismo , se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado reglamento.

La colocacion de los valores debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del Mercado de V alores , siempre y cuando el plaz Citibank del P o del programa y del tramite anticipado no hayan culminado.

El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion.

Articulo 4º.- La aprobacion, inscripcion y el registro a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del Mercado de V alores .

Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el

Diario Oficial El P e r uano y en la pagina de CONASEV en

Internet.

Ar ticulo 6º.- T r anscr ibir la presente resolucion a Duk 27 de enero de 2006, BWS Sociedad e

Energy Egenor Sociedad en Comandita por Acciones, en su calidad de Emisor , a Citibank del P eru S de bonos de titulizacion correspondientes al "Programa .A., en su ligacionistas; a Citicor p P eru S .A. Sociedad

Agente de Bolsa, en su calidad de Agente Colocador; a

Ca v ali ICL V S . A . y a la Bolsa de V alores de Lima S . A .

Registrese, comuniquese y publiquese.

OSCAR LOZAN LUY O

Gerente General

Comision Nacional Supervisora de Empresas y V alores

01927

prospecto marco e inscripcion de bonos de Titulizacion de Peajes de la

Municipalidad Metropolitana de Lima, en el Registro Publico de Mercado de

V alores

RESOLUCION GERENCIA GENERAL

Nº 009-2006-EF/94.11

Lima, 27 de enero de 2006

VISTOS:

El Expediente Nº 2005005284, el Memorandum

Nº 270-2006-EF/94.45 del 27 de enero de 2006, de la

Memorandum Nº 002-2006-EF/94.10.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en los ar ticulos 301 y 314 de la Le y de Mercado de V alores , en virtud del fideicomiso de titulizacion la sociedad titulizadora que actua como fiduciario debe realizar la emision de valores respaldados con el patrimonio fideicometido;

Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 095- aprobar el tramite anticipado, inscribir el programa de emision de valores denominado "Programa de Bonos de

Titulizacion de P eajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima" hasta por un monto en circulacion de marco correspondiente en el Registro Publico del

Mercado de V alores;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 295 del 26 de setiembre de 2005, la Municipalidad Metropolitana de

Lima aprobo que los flujos y derechos de cobro del

Impuesto al P atr imonio V ehicular sean tr ansf er idos a un patrimonio fideicometido bajo el dominio fiduciario de eru S .A., en gar antia de la oper acion de bonos de titulizacion con flujos de peaje;

Que, el referido fideicomiso en garantia se constituyo por escritura publica del 18 de octubre de 2005, otorgada ante el Notario de Lima Ramon Espinoza Garreta;

Que, la tercera adenda del Acto Constitutivo de

Fideicomiso de Titulizacion celebr ado por BWS Sociedad

Titulizadora S.A., la Municipalidad Metropolitana de Lima y Empresa Municipal Administr ador a de P eaje de Lima

S.A. - EMAPE S.A.; y el contrato complementario correspondiente a la primera emision del "Programa de

Bonos de Titulizacion de P eajes de la Municipalidad

Metropolitana de Lima", fueron elevados a escritura publica el 22 de diciembre de 2005 y se encuentran inscritos en la partida electronica Nº 11092115 del

Registro de P ersonas J uridicas de la Oficina Registr al de Lima y Callao;

Que, el 5, 13, 15 y 30 de diciembre de 2005, 23, 26 y

Titulizador a S . A .

solicito a CONASEV la inscripcion de la primera emision "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.