El Peruano - Edición del 02/02/2006 - Pagina 62
"
Pag. 311816
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de febrero de 2006 habitat de las especies seleccionadas en las zonas de
Ilo, Pisco, Callao y Sechura; e) Obtencion de muestras de agua para analisis de salinidad e isotopos estables de oxigeno y carbono. Ha contribuido con el ingreso de 102 publicaciones mediante el software Endnote (Informes progresivos, informes especiales e internos y boletin)
Que, por la envergadura y especializacion del
Proyecto CENSOR, los objetivos se desarrollaran durante los cuatro años de su duracion, por lo tanto es necesario que los servicios personalisimos se extiendan hasta la finalizacion del Proyecto CENSOR, dado que el mismo solo puede ser satisfecho por profesionales cientificos notoriamente especializados, como es el caso de los ya mencionados, quienes por sus caracteristicas inherentes, especializacion, experiencia y desempeño en el proyecto son los que califican para satisfacer la complejidad de los objetivos del Proyecto CENSOR, ameritando su contratacion mediante la prestacion de servicios personalisimos hasta setiembre de 2008,
Que, mediante Memorandum Nº OAJ-DOA-026-2006, se señala que conforme a lo expresado en el Informe
Tecnico, y los argumentos anteriormente expuestos, se advierte que estamos frente a la contratacion de Servicios
P ersonalisimos , esto es para aquellos ser vicios en los cuales la persona del Locador se considera como necesaria e importante, sin que sea menester que sea la
Intuito personae;
Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre servicios personalisimos, señala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especiali Articulo 3º.- - zados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores,
Que, se justifica la contratacion los servicios prof esionales del P o stdoctorado en biogeoquimica mari remitira copia a la Contraloria General de la Republica, n a a la Dra. Graco; ya que evaluadas sus caracteristicas, habilidades, capacidades y especializacion son las requeridas para cubrir los objetivos del Proyecto. De la misma forma la Asistente de investigacion en
Oceanografia Biologica, M.Sc. Criales, ha sido evaluada y calificada debido a sus caracteristicas inherentes y alta especializacion para el servicio requerido; finalmente, el Asistente de Investigacion en Ecologia Marina M. Sc.
Fernandez, tambien ha sido evaluado, por lo que su formacion y especializacion lo califica para la prestacion del servicio,
Que, debera aplicarse lo señalado por el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado-D .S . Nº 083-2004-PCM, que señala que estan exonerados de proceso de seleccion las contrataciones que se realicen inciso f) para los servicios personalisimos,
Que, conforme al Articulo 205º del Reglamento, en los casos especiales de vigencia contractual, las bases pueden establecer que el plazo del contrato sea por mas de un ejercicio presupuestal, hasta un maximo de tres (3), salvo que por leyes especiales o por la naturaleza de la prestacion se requieran plazos mayores, siempre y cuando sea adopten las previsiones presupuestarias necesarias, para garantizar el pago de las obligaciones;
Que, mediante Memorandum Nº OPP-026-2006, la
Oficina de Planificacion Presupuesto y Evaluacion de
Gestion ha señalado que el financiamiento correspondiente para las contrataciones se encuentra estipulado en el Contrato Nº 511071, en la Fuente de
Financiamiento “Donaciones y T r ansf erencias”.
Con la visacion del Director Cientifico, Directora de la
Oficina de Asesoria Juridica, y Director (e) de la Oficina de Administracion, Director (e) de la Oficina de
Planificacion Presupuesto y Evaluacion de Gestion;
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del proceso de seleccion, para la contratacion de los servicios personalisimos que brindan:
Dr a. Michelle Iv ette Gr a c o , P ost-doctor ante en
Bioquimica Marina, por un valor referencial de
S/. 149,530.00 (Ciento Cuarenta y Nueve Mil Quinientos
T reinta Nue v os Soles), incluidos los impuestos de le y .
M.SC. Maria Isabel Criales Hernandez, Asistente en
Investigacion en Oceanografia Biologica, por un valor referencial de S/. 71,800.00 (Setenta y Un Mil Ochocientos y 00/100 Nue v os Soles) incluidos los impuestos de le y .
M.Sc Juan Carlos Ernesto Fernandez Johnston,
Asistente en Investigacion en Ecologia Marina, por un valor referencial de S/. 71,800.00, (Setenta y Un Mil
Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de le y .
Para la realizacion de los servicios requeridos en el marco del Pro y ecto de In v estigacion “V a r iabilidad
Climatica y la Oscilacion Sur el Niño: Implicancias para los recursos naturales costeros y el manejo” - CENSOR; por el periodo de febrero 2006 - setiembre 2008.
Articulo 2º.- Designar como organo encargado de realizar la contratacion exonerada a la Unidad de
Logistica e Infraestructura.
La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion Directoral se regulara por las disposiciones del T e xto Unico Ordenado la Le y de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D . S . Nº 083-2004-PCM y su Reglamento .
Articulo 4º.- Las presentes contrataciones se financiaran a traves de la fuente de financiamiento
Articulo 5º.- Las prestaciones que se deriven del contrato celebrado, no podran ser materia de subcontratacion.
Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral sera pub licada en el Diar io Oficial El P e r uano , asi como se
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado dentro de los diez (10) dias habiles de su emision.
Adicionalmente deberan publicarse a traves del SEACE.
Registrese, comuniquese y publiquese.
GODOFREDO CAÑO TE SANT AMARINA
Director Ejecutivo
IMARPE
01938
INSTITUT O N A CION AL
DE CUL TURA
Sancionan con multa a persona natural por realizar obras sin autorizacion en inmueble ubicado en la Zona
Monumental del distrito de Pueblo
Libre
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL
Nº 009/INC-DDPH
Lima, 22 de noviembre de 2005
Visto; los Expedientes Nºs. 03452-2002, 10605- 2004, 2190-2004 ref er idos al inm ueb le ubicado en Jr . "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 |
(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.
Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.
AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
