El Peruano - Edición del 02/02/2006 - Pagina 66
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de febrero de 2006 - T res representantes , de las asociaciones de personas con discapacidad legalmente constituidos - Un representante de las Asociaciones de familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental legalmente constituida.
A r ticulo T e r cer DEJESE sin ef o.- ecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza
Regional.
Articulo Cuarto.- DISPONER que el Consejo
Directivo del COREDIS y la Gerencia Regional de
Desarrollo Social, elaboren el Reglamento en el plazo de 30 dias habiles de publicada la presente Ordenanza
Regional, que sera aprobado por Decreto Regional.
Articulo Quinto.- El seguimiento, supervision y cumplimiento de la presente Ordenanza Regional estara a cargo de la Gerencia Regional de Desarrollo Social.
Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General
Regional la publicacion de la presente Ordenanza
Regional en el Diario Oficial El P e ruano .
POR T ANT O:
Mando se registre, publique y cumpla.
OMAR QUESADA MARTINEZ
Presidente
01935
Aprueban las Ocho Politicas Regionales de Gestion y Desarrollo de Recursos
Humanos en Salud de la Region
Ayacucho
ORDENANZA REGIONAL
Nº 059-05-GRA/CR
Ayacucho, 30 de diciembre del 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE
A Y A CUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Ayacucho, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de diciembre del 2005, tr ato el tema relacionado a las P oliticas
Regionales de Desarrollo de Recursos Humanos en Salud de la Region A y acucho; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del articulo 9º de la Ley Nº 27867,
Ley Organica de Gobiernos Regionales, señala que es competencia constitucional del Gobierno Regional dictar normas inherentes a la gestion regional; asimismo, el literal a) del articulo 15º del mismo cuerpo legal establece que es atr i b ucion del Consejo Regional aprobar , modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones de
Gobierno Regional;
Que, el articulo 46º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales instituye el contexto de las funciones especificas que ejerce el Gobierno Regional se desarrolla en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia;
Que, el literal a) del articulo 49º de la Ley Nº 27867,
Ley Organica de Gobiernos Regionales señala las funciones especificas del Gobierno Regional en materia de salud de f o r m ular , aprobar , ejecutar , e v aluar publica regional de acuerdo a sus competencias , dir igir , controlar y administrar planes y politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales;
Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867,
Ley Organica de Gobiernos Regionales, señala que es atribucion del Presidente promulgar las Ordenanzas
Regionales y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;
P or lo que en uso de las f acultades conf er idas por la
Constitucion P olitica del P eru y la Le y Nº 27867, Le y
Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria
Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el voto unanime de sus miembros aprobo la siguiente Ordenanza
Regional:
Articulo Primero.- APROBAR por necesidad social e interes regional las Ocho P oliticas Regionales de
Gestion y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud de la Region Ayacucho, instrumentos elaborados por las distintas instituciones publicas, privadas y sociedad civil en forma consensuada y participativa, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza
Regional.
Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social, al Consejo Regional de
Salud y a la Direccion Regional de Salud Ayacucho la supervision, el cumplimiento y la implementacion de las
P oliticas Regionales de Gestion y Desarrollo de
Recursos Humanos en Salud de la Region Ayacucho.
Ar ticulo T e r cer ENCARGAR a la Direccion o.-
Regional de Salud Ayacucho la publicacion de la presente
Ordenanza Regional en el Diario Oficial El P e r uano .
POR T ANT O:
Mando se registre, publique y cumpla.
OMAR QUESADA MARTINEZ
Presidente
01928
Aprueban Plan Anual de Transferencia
Sectoriales al Gobierno Regional de
Ayacucho del año 2005
ORDENANZA REGIONAL
Nº 060-05-GRA/CR Ayacucho, 30 de diciembre del 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE
A Y A CUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Ayacucho en Sesion Extraordinaria del 29 de diciembre del 2005, trato el tema relacionado al Plan Anual de
T r ansf erencias Sectoriales a los Gobier nos Regionales y Locales del año 2005; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 188º de la Ley Nº 27680, Ley de
Ref o r ma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV , establece que la Descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais y asimismo el articulo 191º del mismo cuerpo legal señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales señala que es mision del
Gobierno Regional organizar y conducir su gestion exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region;
Que, los incisos 3), 5) y 6) del articulo 8º de la Ley
Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales rigen "
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