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El Peruano - Edición del 08/02/2006 - Pagina 22


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NORMAS LEGALES

Lima, miercoles 8 de febrero de 2006 de la Micro y P equeña Empresa - CODEMYPE, como

Empleo, siendo presidida por un representante del

Presidente de la Republica;

Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 28015, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, establece entre otros, que el representante del

Presidente de la Republica y Presidente del CODEMYPE, es el Ministro de T r abajo y Promocion del Empleo cualquier estado del proceso de seleccion, hasta antes , o quien el designe;

Que, en merito a lo expuesto, se ha designado al señor W alter F r ancisco Gago Rodriguez, Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y P equeña Empresa, en representacion del Ministro de T r abajo y Promocion del Empleo, como Presidente del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y P equeña Empresa -

CODEMYPE;

Con la visacion del Director General de la Oficina de

Asesoria Juridica; y ,

De conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Decreto Legislativ o Nº 560 - Le y del P oder Ejecutiv el articulo 34º de la Ley establece que la cancelacion del o; el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 009-2003-TR,

Reglamento de la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y P equeña Empresa, y el liter al d) del ar aquel que dio inicio al expediente de adquisicion o ticulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del

Minister io de T r abajo y Promocion del Empleo , aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR;

SE RESUEL VE:

Articulo Unico.- DESIGNAR en representacion del señor Ministro de T r abajo y Promocion del Empleo (5) dias posteriores a la adopcion de la decision; , al señor W A L TER FRANCISCO GA GO R ODRIGUEZ,

Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y

P equeña Empresa, como Presidente del Consejo

Nacional para el Desarrollo de la Micro y P capacidad satelital a traves de satelites geoestacionarios equeña

Empresa - CODEMYPE.

Registrese, comuniquese y publiquese.

CARLOS ALMERI VERAMENDI

Ministro de T r abajo y Promocion del Empleo

02295

TRANSPOR TES Y

COMUNICA CIONES

Cancelan proceso de adjudicacion directa publica convocado para la contratacion de consultoria de aterrizaje de señales satelitales

RESOLUCION VICEMINISTERIAL

Nº 058-2006-MTC/03

Lima, 2 de febrero del 2006

CONSIDERANDO:

Que , mediante Resolucion Viceminister ial Nº 328- 2004-MTC/03, de fecha 13 de diciembre del 2004, se autorizo la realizacion de la Adjudicacion Directa Publica para la Contratacion del Servicio de Consultoria de

Aterrizaje de Señales Satelitales y se designo al Comite

Especial que se encargaria de llevar adelante el proceso de seleccion;

Que, conforme al numeral 4 del Comunicado 005- 2004(PRE) del Consejo Superior de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), los procesos de seleccion convocados originalmente antes del 29 de diciembre del 2004 se rigen por la normativa de adquisiciones y contrataciones vigente al momento de la convocatoria;

Que, la Adjudicacion Directa Publica Nº 0013-2004-

MTC/10, programada para la contratacion de la "Consultoria de Aterrizaje de Señales Satelitales en el

P eru", fue con v ocada or iginalmente el 28 de diciembre del 2004, razon por la cual el referido proceso de seleccion se encuentra regido por el T e xto Unico

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM (en adelante la Ley), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2004-PCM (en adelante el Reglamento);

Que , de acuerdo con el ar ticulo 34º de la Le y , en del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contr atar , o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad debera reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido;

Que, tratandose de la formalidad que debe seguirse para efectuar la cancelacion del proceso de seleccion, proceso debera realizarse mediante resolucion o acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de contratacion, debiendose publicar conforme lo disponga el Reglamento;

Que, el articulo 21º del Reglamento precisa que la resolucion cancelatoria debera exponer el motivo de la decision de cancelar el proceso de seleccion y se publicara, por una sola v ez, en el Diar io Oficial El P e ruano y en el que se hubiera publicado la convocatoria, dentro de los cinco

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2005-MTC, pub licado en el Diario Oficial El P e ruano el 24 de agosto de 2005, se aprobo la norma que regula la provision de a titulares de concesiones y autorizaciones de servicios de telecom unicaciones que oper an en el P eru, por lo que no resulta necesaria la realizacion de una consultoria sobre aterr izajes de señales de satelite en el P eru;

Que, en consecuencia, considerando que la necesidad de convocar la Adjudicacion Directa Publica

Nº 0013-2004-MTC/10 - Segunda Convocatoria, para la contratacion de la "Consultoria de Aterrizaje de Señales

Satelitales en el P eru" ha desaparecido , corresponde cancelar el referido proceso de seleccion, conforme a lo dispuesto en el articulo 34º de la Ley;

SE RESUEL VE:

Articulo 1º.- CANCELAR el proceso de Adjudicacion

Directa Publica Nº 0013-2004-MTC/10 - Segunda

Convocatoria, programada para la contratacion de una "Consultoria de Aterrizaje de Señales Satelitales en el

P eru", por las razones e xpuestas en la par te consider ativ a de la presente resolucion.

Ar ticulo 2º.- P oner en conocimiento del Comite

Especial la presente Resolucion dentro del dia siguiente de su emision, el cual a su vez, debera notificar la misma a todos los postores que participaron en la Adjudicacion

Directa Publica Nº 0013-2004-MTC/10 - Segunda

Convocatoria, dentro del dia siguiente de su recepcion.

Registrese, comuniquese y publiquese.

JU AN ANT ONIO P A CHECO R OMANI

Viceministro de Comunicaciones

02239

Autorizan a la Universidad Nacional de

Ingenieria como Entidad de Capacita- cion de Conductores de los servicios de transporte interprovincial de personas y mercancias

RESOLUCION DIRECTORAL

Nº 414-2006-MTC/15

Lima, 24 de enero de 2006 "


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