El Peruano - Edición del 08/02/2006 - Pagina 39
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Lima, miercoles 8 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES
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Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de
Pre v encion y la Oficina de Estadistica y Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y T elematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Segur y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. idad en
Defensa Civil.
Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, ef ectuara su pub licacion en el Diar io Oficial El P JUAN LUIS PODESTA LLOSA e r uano y remitira copia fedateada de la misma a la Direccion
Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de
T elematica, Direccion Regional de Def ensa Civil de Cusco
Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
INDECI
CODIGO DEL CURSO: 000000000667
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
ANEXO A LA RESOLUCION JEF A TURAL Nº 044-2006 INDECI
C U R S O : INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion
FECHA: 22/08/2005
D E P A R T AMENT O: CUSCO
REGION :DRDC DE CUSCO
PROVINCIA: L A CONVENCION
T otal de P a r ticipantes Aptos: 1
DISTRITO: SANT A ANA
N º
APELLIDOS Y NOMBRES
D N I
TITULO
N º
COMITE/ENTIDA
DUBICACION GEOGRAFICA
COMITE
COLEGIO Q U E L O PRESENT A D E P A R T AMENT O
PROVINCIA
DISTRITO ASIGNADO 1 VALDEIGLESIAS ARANA FRANCISCO
24997283
TECNICO ELECTRICIST A
Comite Provincial
CUSCO
L A CONVENCION
Provincial
02257
RESOLUCION JEF A TURAL
Nº 045-2006-INDECI 25 de enero del 2006
Visto, el Informe Nº 008-2006-INDECI (13.0) de la
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 16 de enero del 2006; mediante el cual se remite el nombre del participante que aprobo el Curso de
Capacitacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en
Defensa Civil, apto para su reconocimiento y autorizacion; y,
CONSIDERANDO:
Que , el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de
Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto
Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto
Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil;
Que, conforme se establece en el referido
Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del
Inspector Tecnico de Segur idad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para
Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso;
Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de
Arequipa ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion par a Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa
Civil dirigido a los Organos del SINADECI, resultando aprobado el participante conforme a lo informado por la
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quien cumple con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlo y autorizarlo como Inspector
Tecnico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas;
Que, conforme se establece en el Art. 47º del
Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil
Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector;
Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones
Tecnicas;
En uso de las atribuciones conferidas en el
Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y
Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM;
SE RESUEL VE:
Articulo Primero .- Reconocer y autorizar como
Inspector Tecnico de Segur idad en Def ensa Civil, a la persona comprendida en el Anexo (en un folio) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempeñe en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil de
Arequipa.
Ar ticulo Segundo. - El Inspector Tecnico reconocido y autorizado mediante la presente Resolucion, luego de ser inscrito en el Registro de Inspectores, quedara f acultado par a ef ectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion indicada.
A r ticulo T e r cer - El reconocimiento y autorizacion o. señalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedicion de la presente
Resolucion.
Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion del
Inspector mencionado en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores
Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las credenciales respectivas.
Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de
Pre v encion y la Oficina de Estadistica y T elematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Segur idad en
Defensa Civil.
Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, ef ectuara su pub licacion en el Diar io Oficial El P e r uano y remitira copia fedateada de la misma a la Direccion
Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de
Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y
T elematica, Direccion Regional de Def ensa Civil de
Arequipa y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes.
Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.
JUAN LUIS PODESTA LLOSA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil "
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