El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 10
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 9 de febrero de 2006 mencionadas; por lo que es pertinente proceder a la aprobacion correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del
Ar ticulo 118 de la Constitucion P olitica del P CAPITULO XI eru; y el
Decreto Legislativo Nº 560;
DECRET A:
Articulo 1º.- De la Reglamentacion
Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participacion de los padres de familia y de sus asociaciones en las instituciones educativas publicas y en otros niveles de la gestion del sistema educativo, el mismo que consta de ochenta y seis (86) Articulos y seis (6) Disposiciones Complementarias y Finales que forman parte del presente Decreto Supremo.
Articulo 2º.- De las Normas Complementarias
F acultese al Ministerio de Educacion a e xpedir las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicacion del presente Reglamento.
Articulo 3º.- De la Derogacion
Derogar el Decreto Supremo Nº 018-2004-ED y toda disposicion que se oponga al presente Decreto Supremo.
Articulo 4º.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo sera refrendado por el
Ministro de Educacion.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho dias del mes de febrero del año dos mil seis.
ALEJ ANDR O T OLEDO
Presidente Constitucional de la Republica
J A VIER SO T A NAD AL
Ministro de Educacion
REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA LA
P A R TICIP A CION DE LAS ASOCIA CIONES DE
P ADRES DE F AMILIA EN LAS INSTITUCIONES
EDUCA TIV AS PUBLICAS
TITULO I
GENERALIDADES
CAPITULO I
FINALID AD Y ALCANCE
CAPITULO II
DE LA P A R TICIP A CION DE LOS P ADRES DE F AMILIA EN EL
PR OCESO EDUCA TIV O
TITULO II
DE LA ASOCIA CION DE P ADRES DE F AMILIA
CAPITULO I
DE LA NA TURALEZA Y CONSTITUCION
CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES DE LA ASOCIACION
CAPITULO III
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
CAPITULO IV
DE LA ASAMBLEA GENERAL
CAPITULO V
DEL CONSEJO DIRECTIVO
CAPITULO VI
DEL COMITE DE A ULA y DE T ALLER
CAPITULO VII
DEL PLENO DE PRESIDENTES DE COMITE DE A ULA O T ALLER
CAPITULO VIII
DEL CONSEJO DE VIGILANCIA
CAPITULO IX
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS P ADRES DE
F AMILIA, TUT ORES Y CURADORES DE LA ASOCIA CION
CAPITULO X
DEL PROCESO ELECTORAL
DEL REGISTRO DE DIRIGENTES DE LAS ASOCIACIONES
DE P ADRES DE F AMILIA
CAPITULO XII
DE LA REPRESENT A CION DE LA ASOCIA CION ANTE EL
CONSEJO EDUCA TIV O INSTITUCIONAL
CAPITULO XIII
DE LA COORDINACION INSTITUCIONAL
TITULO III
REGIMEN ECONOMICO
CAPITULO I
DE LA ADMINISTRA CION DE LOS RECURSOS DE LA AP A F A
CAPITULO II
DE LA ADMINISTRACION DE LOS QUIOSCOS ESCOLARES
DISPOSICIONES COMPLEMENT ARIAS Y FINALES
REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA LA
P A R TICIP A CION DE LAS ASOCIA CIONES DE
P ADRES DE F AMILIA EN LAS INSTITUCIONES
EDUCA TIV AS PUBLICAS
TITULO I
GENERALIDADES
CAPITULO I
FINALID AD Y ALCANCE
Articulo 1º.- El presente Reglamento establece las normas que rigen la participacion de los padres de familia, tutores y curadores en el proceso educativo de sus hijos, asi como la constitucion, organizacion y funcionamiento de las Asociaciones de P adres de F amilia de las instituciones educativas publicas.
La participacion de los padres de familia tiene por finalidad contribuir con los demas actores educativos al mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y servicios que ofrece la Institucion Educativa.
Articulo 2º.- El presente Reglamento es de aplicacion en las instituciones educativas publicas de Educacion
Basica Regular , Educacion Basica Especial, y en lo que es pertinente en las instituciones de Educacion Basica
Alter nativ a y Educacion Tecnico Productiv a.
Para efectos del presente Reglamento, cada vez que se haga referencia a la “Ley”, se entendera que se trata de la Ley
Nº 28628, Ley que regula la participacion de las Asociaciones de P adres de F amilia en las instituciones educativ as pub licas y cada vez que se haga referencia a “Asociacion” se entendera como Asociacion de P adres de F amilia, tutores y curadores de las instituciones educativas publicas.
CAPITULO II
DE LA P A R TICIP A CION DE LOS P ADRES DE
F AMILIA EN EL PR OCESO EDUCA TIV O
Articulo 3º.- Los padres de familia, tutores y curadores participan en el proceso educativo de sus hijos, pupilos y curados, en forma personal o en forma institucional a t r a ves de la Asociacion de P adres de F amilia (AP AF A) y el
Consejo Educativo Institucional (CONEI).
Articulo 4º.- Los servidores y funcionarios del
Ministerio de Educacion, Direcciones Regionales de
Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local; asi como el personal directivo y jerarquico de las instituciones educativas publicas apoyan a las Asociaciones, sin interferir en sus actividades. Dichas instancias de gestion educativa descentralizada estan facultadas para intervenir en las actividades de las Asociaciones de
P adres de F amilia solo cuando pongan en pelig ro el normal funcionamiento de la Institucion Educativa.
Articulo 5º.- La intervencion de las Unidades de
Gestion Educativa Local, las Direcciones Regionales de
Educacion y el Ministerio de Educacion, se producira de oficio o a peticion de parte para adoptar las medidas que garanticen la normal prestacion del servicio educativo en los siguientes casos: "
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