El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 11
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Lima, jueves 9 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES
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a) T oma de local escolar o uso de la infr aestr f) Proponer y coordinar con el Director de la Institucion uctur a escolar sin la autorizacion del Director de la Institucion
Educativa y otras situaciones que impidan o alteren el normal desarrollo del servicio educativo.
b) Acciones que atentan contra la seguridad e integridad fisica del personal de la Institucion Educativa
c) Acciones que afecten la seguridad y conservacion de los materiales, equipamiento e infraestructura educativa.
Articulo 6º.- Las Unidades de Gestion Educativa
Local brindaran el asesoramiento correspondiente a los padres de familia, para presentar las denuncias respectiv as ante el Minister io Pub lico y el P educativas. oder J udicial en casos de sustraccion de bienes y/o irregularidades en el manejo de fondos de la Asociacion.
TITULO II
DE LA ASOCIA CION DE P ADRES DE F AMILIA
CAPITULO I
DE LA NA TURALEZA Y CONSTITUCION
A r ticulo 7º.- La Asociacion de P adres de F amilia es una organizacion estable de personas naturales, sin fines de lucro, con personeria juridica de derecho privado, que tiene por finalidad propiciar la participacion de los padres de familia, tutores y curadores en el proceso educativo de sus hijos, pupilos y curados, matriculados en la Institucion Educativa. Su razon de ser esta ligada a la existencia de la Institucion Educativa y del servicio educativo que brinda.
En cada Institucion Educativa publica existe una sola
Asociacion, cualquiera sea el nivel o modalidad educativa que atiende. En la Institucion Educativa Publica
Unidocente, el Comite de Aula asume las funciones de la
Asociacion de P adres de F amilia.
Articulo 8º.- La Asociacion se regula por la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la Ley Nº 28628, Ley que regula la participacion de las Asociaciones de Padres de F amilia en las instituciones educativ as pub licas , el presente Reglamento y su estatuto. En forma supletoria se rige por las normas del Codigo Civil. Puede inscribirse en los Registros Publicos por el merito de su Acta de
Constitucion.
Articulo 9º.- La Asociacion esta constituida por:
a) Padre y/o madre del alumno.
b) T utor , persona que sin ser padre o madre del alumno menor de edad, cuenta con la autorizacion legal para ejercer la patria potestad.
c) Cur ador , persona que sin ser padre o madre del alumno mayor de edad, cuenta con la autorizacion legal para ejercer la curatela.
Los padres de familia, tutores y curadores a que se refiere la Ley y el presente Reglamento, deben estar debidamente registrados en el Padron de Asociados.
CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES DE LA ASOCIACION
Articulo 10º.- La Asociacion ejerce directamente las siguientes atribuciones:
a) Participar en el proceso educativo de los hijos de sus asociados, buscando la inclusion o incorporacion de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.
b) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la Institucion Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje.
c) Vigilar la distri b ucion opor tuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustraccion de los libros o textos escolares oficiales de distribucion gratuita.
d) V elar por la mejor a de los ser vicios , infr aestr DE LA ESTRUCTURA ORGANICA u ctur a, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como ludicos.
e) Cooperar con la Institucion Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad fisica de los estudiantes.
Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la desercion y la inasistencia de los estudiantes.
g) Gestionar y/o colaborar con la implementacion de comedores escolares, programas de apoyo alimentario, de salud fisica y mental, de deportes, recreacion, orientacion vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.
h) Recibir de parte del Director de la Institucion
Educativa, informacion sobre el manejo administrativo, financiero y economico de la Institucion Educativa.
i) Denunciar ante los organos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones
j) P a r ticipar , a tr a ves de v eedores elegidos por la
Asamblea General, en los procesos de adquisicion de bienes y servicios que se realice en la Institucion
Educativa y en los comites especiales que se constituyan en las Unidades de Gestion Educativa Local y las
Direcciones Regionales de Educacion, en el marco de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demas normas vigentes.
k) Proponer estimulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en la Institucion Educativa.
l) Brindar informacion y rendir cuenta documentada a los asociados.
m) P a r ticipar , a tr a ves de sus representantes , en el
Consejo Educativo Institucional.
n) Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los organos de participacion, concertacion y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de
Educacion, eligiendo a sus representantes ante el Consejo
Participativo Local de Educacion y el Consejo Participativo
Regional de Educacion, de acuerdo con las disposiciones especificas que dicte el Ministerio de Educacion.
Articulo 11º.- La Asociacion a traves de su representante ante el Consejo Educativo Institucional, tiene las siguientes atribuciones:
a) Participar en la formulacion y ejecucion del
Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de T r abajo (P A T), con e xcepcion de los aspectos tecnico - pedagogicos.
b) Participar en el Comite de Evaluacion para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la Institucion Educativa, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educacion y las instancias de gestion educativa descentralizada, en concordancia con los criterios y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluacion,
Acreditacion y Certificacion de la calidad educativa.
c) Apoyar los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa previstos en la Ley
General de Educacion y en la ley especifica sobre la materia.
d) Participar en el proceso de autoevaluacion de la
Institucion Educativa.
e) Vigilar el acceso , la matricula opor tuna y la asistencia de los estudiantes en la Institucion Educativa.
f) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en la Institucion Educativa.
g) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la
Institucion Educativa y de aquellos que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Asociaciones de P adres de F amilia, esten comprometidos con las actividades pre vistas en el Plan An ual de T r abajo .
h) Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase, numero de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo.
i) Propiciar la solucion de conflictos que se susciten en el Consejo Educativo Institucional, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
CAPITULO III
Articulo 12º.- La Asociacion tiene la estructura organica siguiente:
1. Organos de Gobierno: "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |
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