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El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 25


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Lima, jueves 9 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES

Pag. 312187

VISTO:

El Oficio Nº 018/2006/DEA-LEG/PROINVERSION, de fecha 13 de enero de 2006, de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION que solicita al

Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la

Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2006, a la Asociacion Mundial de

Agencias de Promocion de la Inversion (World Association of In v estment Promotion Agencies - W AIP A);

CONSIDERANDO:

Que el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,

Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autor iza a las entidades del Sector Pub lico a pagar , con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del

Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el P eru es miembro;

Que es ob ligacion del P eru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de los adeudos al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION;

Estando a lo acordado;

SE RESUEL VE:

Articulo 1º.- Autorizar a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION a efectuar el pago de la cuota por el año 2006 a la Asociacion Mundial de

Agencias de Promocion de la Inversion (World Association of In v estment Promotion Agencies - W AIP A), por el impor te de US$ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 DOLARES

DE LOS EST ADOS UNIDOS DE AMERICA).

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion

Privada - PROINVERSION.

Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Registrese, comuniquese y publiquese.

Rubrica del Dr . ALEJ ANDR O T OLEDO

Presidente Constitucional de la Republica

OSCAR MAURTUA DE ROMAÑA

Ministro de Relaciones Exteriores

02449

Autorizan a la Comision Nacional de la

Juventud, Ministerio de Vivienda,

Construccion y Saneamiento e

INDECOPI efectuar pago de cuotas a organizaciones internacionales

RESOLUCION SUPREMA

Nº 040-2006-RE

Lima, 8 de febrero de 2006

VISTO:

El Oficio Nº 014-2006-CNJ-CONAJU/P , de f echa 17 de enero de 2006, de la Comision Nacional de la Juventud por el que se solicita al Ministerio de Relaciones

Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2006, a la Organizacion Iberoamericana de Juventud (OIJ);

CONSIDERANDO:

Que el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,

Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autor iza a las entidades del Sector Pub lico a pagar , con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del

Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el P eru es miembro;

Que es ob ligacion del P eru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de los adeudos al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Comision Nacional de la

Juventud;

Estando a lo acordado;

SE RESUEL VE:

Articulo 1º.- Autorizar a la Comision Nacional de la Juventud a efectuar el pago de la cuota por el año 2006 a la Organizacion Iberoamericana de Juventud (OIJ), por el impor te de US$ 6,000.00 (SEIS MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS EST ADOS UNIDOS DE

AMERICA).

Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente seran financiados con cargo al presupuesto de la Comision Nacional de la

Juventud.

Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Registrese, comuniquese y publiquese.

Rubr ica del Dr . ALEJ ANDR O T OLEDO

Presidente Constitucional de la Republica

OSCAR MAURTUA DE ROMAÑA

Ministro de Relaciones Exteriores

02450

RESOLUCION SUPREMA

Nº 041-2006-RE

Lima, 8 de febrero de 2006

VISTO:

El Oficio Nº 022-2006/VIVIEND A-OGPP , de f echa 13 de enero de 2006 del Minister io de Vivienda, Construccion y Saneamiento que solicita al Ministerio de Relaciones

Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2006, a la Union Inter amer icana par a la Vivienda (UNIAPRA VI);

CONSIDERANDO:

Que el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411,

Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autor iza a las entidades del Sector Pub lico a pagar , con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del

Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el P eru es miembro;

Que es ob ligacion del P eru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de los adeudos al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio de Vivienda,

Construccion y Saneamiento;

Estando a lo acordado;

SE RESUEL VE:

A r ticulo 1º.- A utor izar al Minister io de Vivienda,

Construccion y Saneamiento a efectuar el pago de la cuota por el año 2006 a la Union Interamericana para la

Vivienda (UNIAPRA VI) por el impor te de US$ 430.00 (CU A T R OCIENT OS TREINT A Y 00/100 DOLARES DE

LOS EST ADOS UNIDOS DE AMERICA).

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