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El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 71


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Lima, jueves 9 de febrero de 2006     otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas;

Que, mediante Ordenanza Nº 130-CDLO de fecha 28 de noviembre de 2003 se otorgo hasta el viernes 9 de enero de 2004, y sobre la base del arancel correspondiente al ejercicio 2003, el descuento del 20% (veinte por ciento) del valor del deficit de aportes reglamentarios del area objeto de Habilitacion Urbana, a las habilitaciones con estudios preliminares aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima en cuyo plano se verifica deficit de aportes en Recreacion Publica y

Otros Fines; con excepcion de los aportes al Ministerio de Educacion y SERP AR;

Que, se ha verificado que a la fecha existen procedimientos de habilitaciones urbanas pertenecientes a organizaciones de pobladores o empresas urbanizadoras que, por razones basicamente economicas, se hallan inconclusos por lo que es urgente establecer nuevamente el beneficio contenido en la

Ordenanza descrita precedentemente por un importe que posibilite su acogimiento por un mayor numero de organizaciones;

Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, numeral 8 y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta el Concejo Distrital de

Los Olivos ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA Nº 232-CDLO

QUE OTORGA EL BENEFICIO DE DESCUENTO

DEL 50% DEL V ALOR DEL DEFICIT DE APOR TES

REGLAMENT ARIOS DEL AREA OBJET O DE

HABILIT A CION URB A N A

Articulo Primero.- OTORGAR hasta el 31 de marzo de 2006, con la base del arancel correspondiente al presente ejercicio, el descuento del 50% (cincuenta por ciento) del valor del deficit de aportes reglamentarios del con estudios preliminares aprobados por la Municipalidad

Metropolitana de Lima en cuyo plano se verifica deficit de aportes en Recreacion Publica y Otros Fines; con excepcion de los aportes al Ministerio de Educacion y

SERP AR.

Articulo Segundo.- El beneficio aludido en el articulo precedente esta orientado a los procesos de regularizacion de las Habilitaciones Urbanas y Recepcion de Obras, siempre que se compruebe la inexistencia del total de areas reservadas para cumplir con los aportes y en cumplimiento al Reglamento Nacional de

Construcciones.

A r ticulo T e r cer El impor o.- te resultante de la aplicacion del beneficio señalado en el articulo primero de la presente Ordenanza, debera ser cancelado en su totalidad hasta el 31 de marzo del año 2006, caso contrario, se pagara el 100% del valor del deficit de aportes.

Articulo Cuarto.- Precisar que la presente

Ordenanza alcanza a todos los expedientes que se encuentren en proceso de evaluacion y aquellos que ingresen a tramite en el periodo indicado en el Articulo

Primero.

Articulo Quinto.- Se encuentran exceptuadas de la presente Ordenanza las Habilitaciones Urbanas en vias de regularizacion y recepcion de obras que con antiguedad no menor de dos años hayan lotizado sus

Articulo Sexto.- Encargar a la Subgerencia de

Desarrollo Urbano y a la Direccion de Urbanismo, Catastro y T r anspor te el estr icto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Secretaria General e

Imagen Institucional su debida difusion.

POR T ANT O:

Mando se registre, publique y cumpla.

FELIPE B . CASTILLO ALF AR O

Alcalde

02308

MUNICIP ALID AD DE SAN LUIS "-    - -  )-  

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 002-2006-CDSL

San Luis, 19 de enero del 2006

EL CONCEJO DE LA MUNICIP ALID AD DISTRIT AL

DE SAN LUIS

VISTO, en Sesion Extraordinaria de la fecha el

Informe Nº 003-2006-MDSL-GM de fecha 13.Ene.06 a traves del cual el Gerente Municipal propone se declare en Reestructuracion Organica y Administrativa a la

Municipalidad Distrital de San Luis por el lapso de treinta (30) dias habiles; y ,

CONSIDERANDO:

Que , la Constitucion P olitica del Estado en su ar ticulo 194º, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de

Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a las municipalidades distritales en su calidad de organos de gobierno local, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de

Municipalidades - Ley Nº 27972;

Que , a tr a ves de la propuesta señalada en el Visto del presente Acuerdo de Concejo, la entidad contara con una nueva organizacion administrativa y los instrumentos de gestion institucional que permitan a la gestion consolidar los logros alcanzados al 2005 y aquellos otros que permitan el desarrollo del distrito en coordinacion con los proyectos previstos en el Plan

Integral de Desarrollo 2004 - 2014;

Que , con el V oto a f a v or de seis (6) de sus miembros , un (1) V oto en desacuerdo (Reg. Chir inos) y dos (2) abstenciones (Reg. Pardo y Cordova), con la dispensa del tramite de lectur a y aprobacion del Acta y , de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 9º de la Ley Organica de

Municipalidades - Ley Nº 27972;

ACUERDA:

Articulo Primero.- APROBAR se declare en

Reestructuracion Organica y Administrativa la Municipalidad

Distrital de San Luis por el termino de treinta (30) dias habiles, con el objeto de presentar los proyectos de Nueva Estructura

Organica, Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O . F . ) ,

Cuadro par a Asignacion de P ersonal (C .A.P .), Modificacion

Presupuestal y Acciones de P ersonal que correspondan par a implementar la reestructuracion aprobada.

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia

Municipal en coordinacion con las Gerencias y areas involucradas, eleve los proyectos oportunamente a la

Alcaldia para que sea puesto en consideracion del pleno

Concejo Municipal para su aprobacion.

Registrese, comuniquese y cumplase.

FERNANDO DURAND MEJIA

Alcalde

02309

MUNICIP ALID AD DE

SAN MAR TIN DE PORRES "-   -  8   

RESOLUCION DE ALCALDIA

Nº 690-2005-AL/MDSMP

San Mar tin de P orres , 19 de diciembre de 2005 "


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