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El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 83


"

Lima, jueves 9 de febrero de 2006    

MUNICIP ALID AD DISTRIT AL

DE SAN CRISTOBAL

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 01-2006-MDSC

San Cristobal, 1 de febrero del 2006

VISTO:

En sesion de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Inf o r me Tecnico Nº 01-2006 presentado por la

Subgerencia de Inversiones de la Municipalidad, el

Informe Legal Nº 01-2006, el Decreto Supremo Nº 076- 2005-PCM y su prorroga Decreto Supremo Nº 097-2005-

PCM;

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de

Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, canales de regadio y vivienda, por lo que el P oder Ejecutiv o mediante Decreto Supremo

Nº 076-2005-PCM declaro el estado de emergencia por siniestro y desastre natural;

Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, pub licado en el Diar io Oficial El P e r uano se prorroga el estado de emergencia por el plazo de 60 dias naturales debido que las condiciones que motivaron la declaratoria de emergencia se mantienen a la fecha;

Que en el caso del distrito de San Cristobal, han sido afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital Carumas, Cuchumbaya, San Cristobal y las vias secundarias de articulacion a los anexos del distrito, tales como Sijua y a, Muylaque , Titire , Ar unta y a, Bella vista,

Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposibilitandose el acceso vehicular y con el inminente riesgo a la vida humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos;

Que, la Municipalidad Distrital de San Cristobal, no cuenta en su POOL de maquinaria con una

Retroexcavadora- cargadora de una potencia al volante de 81 HP que pueda contribuir a la rehabilitacion de las carreteras y canales, por lo que se hace necesario adquirir dicha maquinaria;

Que el inciso c) del ar ticulo 19º del TUO de la Le el Concejo Municipal con la facultad que confiere el inciso c) y de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con

Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que:

Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la presente Le y , por lo que el Concejo Municipal con la facultad que confiere el inciso c) del articulo 20º de la

Ley antes citada;

ACORDO:

Ar ticulo Primer Adquir o.- ir UNA RETR OEXCA V ADORA-

CARGADORA de una potencia al v olante de 81 HP Supremo Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de , cero

Kilometros.

Articulo Segundo.- Exonerar del proceso de seleccion par a la adquisicion de una RETR OEXCA V ADORA-

CARGADORA de una potencia al volante de 81 HP cero kilometros ademas teniendo en cuenta las caracteristicas establecidas en el Informe tecnico Nº 01-2006 y se faculta al Comite Especial a proceder conforme al articulo 148º del

Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado".

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARCIAL CONDORI CU A YLA

Alcalde

02356

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 02-2006-MDSC

San Cristobal, 1 de febrero del 2006

VISTO:

En sesion de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Inf o r me Tecnico Nº 02-2006 presentado por la

Subgerencia de Inversiones de la Municipalidad, el

Informe Legal Nº 02 -2006, el Decreto Supremo Nº 076- 2005-PCM y su prorroga Decreto Supremo Nº 097-2005-

PCM;

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de

Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, canales de regadio y vivienda, por lo que el P oder Ejecutiv o mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM declaro el estado de emergencia por siniestro y desastre natural;

Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, pub licado en el Diar io Oficial El P e r uano se prorroga el estado de emergencia por el plazo de 60 dias naturales debido que las condiciones que motivaron la declaratoria de emergencia se mantienen a la fecha;

Que en el caso del distrito de San Cristobal, han sido afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital

Carumas, Cuchumbaya, San Cristobal y las vias secundarias de articulacion a los anexos del distrito, tales como Sijuaya,

Muylaque, Titire, Arunta y a, Bella vista, Calacoa, P allatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposibilitandose el acceso vehicular y con el inminente riesgo a la vida humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos;

Que, la Municipalidad Distrital de San Cristobal, requiere adquirir un camion de una capacidad de carga de 5 toneladas y una potencia de 115 HP , semibar anda para atender el traslado de materiales, alimentos y personal a los diferentes anexos que conforman el distrito de San Cristobal;

Que el inciso c) del ar ticulo 19º del TUO de la Le y de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con

Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que: Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declar adas de conf or midad con la presente Le y , por lo que del articulo 20º de la Ley antes citada;

ACORDO:

Articulo Primero.- Adquirir UN CAMION de una capacidad de 5 toneladas de carga y una potencia de 115 HP , semibar anda cero Kilometros .

Articulo Segundo.- Exonerar del proceso de seleccion para la adquisicion de un CAMION de una capacidad de 5 toneladas de carga y una potencia de 115 HP , semibar anda cero kilometros ademas de las caracteristicas establecidas en el Informe tecnico Nº 02-2006 y se faculta al Comite

Especial a proceder conforme al articulo 148º del Decreto

Contrataciones y Adquisiciones del Estado".

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARCIAL CONDORI CU A YLA

Alcalde

02357

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