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El Peruano - Edición del 09/02/2006 - Pagina 84


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Lima, jueves 9 de febrero de 2006

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 04-2006-MDSC

San Cristobal, 1 de febrero del 2006

VISTO:

En sesion de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Inf o r me Tecnico Nº 04-2006 presentado por la

Subgerencia de Inversiones de la Municipalidad, el

Informe Legal Nº 04-2006, el Decreto Supremo Nº 076- 2005-PCM y su prorroga Decreto Supremo Nº 097-2005-

PCM;

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de

Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, canales de regadio y vivienda, por lo que el P oder Ejecutiv o mediante Decreto Supremo

Nº 076-2005-PCM declaro el estado de emergencia por siniestro y desastre natural;

Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, pub licado en el Diar io Oficial El P e r uano se prorroga el estado de emergencia por el plazo de 60 dias naturales debido que las condiciones que motivaron la declaratoria de emergencia se mantienen a la fecha;

Que en el caso del distrito de San Cristobal, han sido afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital Carumas, Cuchumbaya, San

Cristobal y las vias secundarias de articulacion a los anexos del distrito, tales como Sijuaya, Muylaque,

Titire, Aruntaya, Bellavista, Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y desliza Que en el caso del distrito de San Cristobal, han sido - mientos de los cerros, imposibilitandose el acceso vehicular y con el inminente riesgo a la vida humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos;

Que, la Municipalidad Distrital de San Cristobal, requiere adquir ir un equipo denominado EST derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposi- A CION

T O T AL, con el objeto de que la Subgerencia de

Inversiones pueda en el acto elaborar los expedientes tecnicos respectivos y atender los requerimientos que la emergencia requiera;

Que el inciso c) del ar ticulo 19º del TUO de la Le requiere adquirir 43 equipos de computo, para el y de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con

Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que:

Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la presente Le y , por lo que el Concejo Municipal con la facultad que confiere el inciso c) del articulo 20º de la

Ley antes citada;

ACORDO:

Articulo Primero.- Adquirir un equipo denominado

EST A CION T O T AL, par a atender las necesidades de la Municipalidad, Instituciones Educativas y comunidades campesinas afectadas por los sismos experimentados.

Articulo Segundo.- Exonerar del proceso de seleccion para la adquisicion del equipo denominado

EST A C ION T O T AL teniendo en cuenta las car acteristicas estab lecidas en el Inf o r me Tecnico Nº 04-2006 y s e faculta al Comite Especial a proceder conforme al articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi - ciones del Estado".

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARCIAL CONDORI CU A YLA

Alcalde

02359

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 03-2006-MDSC

San Cristobal, 1 de febrero del 2006

VISTO:

En sesion de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Inf o r m e Tecnico Nº 03-2006 presentado por la sub gerencia de Inversiones de la Municipalidad, el Informe

Legal Nº 03-2006, el Decreto Supremo Nº 076-2005-

PCM y su prorroga Decreto Supremo Nº 097-2005-

PCM;

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de

Carumas, Cuchumbaya y San Cristobal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua, siendo la infraestructura mas afectada las vias de comunicacion, canales de regadio y vivienda, por lo que el P oder Ejecutiv o mediante Decreto Supremo

Nº 076-2005-PCM declaro el estado de emergencia por siniestro y desastre natural;

Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, pub licado en el Diar io Oficial El P e r uano se prorroga el estado de emergencia por el plazo de 60 dias naturales debido que las condiciones que motivaron la declaratoria de emergencia se mantienen a la fecha; afectadas las vias de comunicacion de integracion interdistrital Carumas, Cuchumbaya, San Cristobal y las vias secundarias de articulacion a los anexos del distrito, tales como Sijua y a, Muylaque , Titire , Ar unta y a, Bella vista,

Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los bilitandose el acceso vehicular y con el inminente riesgo a la vida humana por la inestabilidad de los taludes debido a la continuidad de los sismos;

Que, la municipalidad Distrital de San Cristobal, equipamiento administrativo de la Municipalidad, implementacion de Internet e implementacion de

Instituciones Educativas que como consecuencia de los sismos han sido afectadas;

Que el inciso c) del ar ticulo 19 del TUO de la Le y de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con

Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que:

Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la presente Le y , por lo que el Concejo Municipal con la facultad que confiere el inciso c) del articulo 20º de la

Ley antes citada;

ACORDO:

Articulo Segundo.- Exonerar del proceso de seleccion para la adquisicion de 43 equipos de computo teniendo en cuenta las caracteristicas establecidas en el Informe tecnico 03-2006 y se faculta al Comite Especial a proceder conforme al articulo 148 del Decreto Supremo

Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado".

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARCIAL CONDORI CU A YLA

Alcalde

02358

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