El Peruano - Edición del 11/02/2006 - Pagina 44
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Lima, sabado 11 de febrero de 2006
Los primeros años de vida constituyen una etapa continua e intensa de desarrollo donde se configuran las habilidades perceptivas, motrices, cognitivas, linguisticas y sociales que posibilitaran una equilibrada interaccion con el mundo circundante.
3. Equipo interdisciplinario
Esta constituido por profesionales de diversas disciplinas, que a partir de un objetivo comun, comparten informacion, toman decisiones concertadas y articulan acciones.
4. Riesgo biologico, psicologico y social
Se considera a aquellos aspectos que podrian afectar el proceso madurativo de niñas y niños, a los que pueden ser expuestos durante el periodo prenatal, o durante el desarrollo temprano, como puede ser la prematuridad, el bajo peso o la asfixia al nacer . Asimismo , el r iesgo psicologico y social se vincula a las condiciones sociales poco favorables, como son la pobreza extrema, la falta de cuidados o de interacciones saludables y satisfactorias con los padres y la familia, el maltrato fisico o psicologico, el abuso sexual y otras situaciones que pueden alterar el proceso madurativo, el desarrollo emocional y cognitivo.
5. Oportunidades del entorno
Son las condiciones y factores del entorno familiar y comunitario para el crecimiento saludable, el desarrollo oportuno y el logro de aprendizajes, que permitira a la niña y el niño relacionarse activamente con su ambiente y con las personas. Entre estos factores se encuentran el adecuado clima emocional y las practicas de cr ianza en el hogar , la alimentacion saludable, el saneamiento ambiental apropiado, la disponibilidad de agua potable, el acceso a servicios de atencion integral de calidad, la lactancia materna, la existencia de entornos ludicos, el acompañamiento respetuoso del adulto, entre otros.
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RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 132-2006/MINSA
Lima, 8 de febrero del 2006
Visto el Oficio Nº 187-2006-DG-DISA-III-L;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional
Nº 056-06-GRA/PRE, de fecha 3 de febrero de 2006, el Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho da por concluida la encargatura de la Dra. Ruth America
OCHOA ROCA, en el cargo de Directora Regional de
Salud del Gobierno Regional de Ayacucho, encargando a la doctor a Silvia SARA VIA CAHU 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; A N A dicho cargo;
Que, con Resolucion Ministerial Nº 219-2005/MINSA, se designo a la Dra. Silvia SARA VIA CAHU ANA en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de
Planeamiento Estrategico, Nivel F-4, de la Direccion de
Salud III Lima Norte;
Que, resulta conveniente dar termino a la designacion indicada en el considerando anterior y encargar al profesional propuesto;
Con las visaciones de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, Oficina General de Asesoria
J uridica y del Viceministro de Salud;
De conformidad con lo revisto en el inciso l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; el articulo 17.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General y el articulo 82º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-90-PCM;
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- Dar por concluida, con eficacia al 3 de f ebrero de 2006, la designacion de la Dr a . Silvia SARA VIA
CAHUANA en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina
Ejecutiva de Planeamiento Estrategico, Nivel F-4 de la
Direccion de Salud III Lima.
A r ticulo 2º.- Encargar al Dr . Mar io Abelardo
MARQUEZ ZORRILLA AMARILLO, las funciones de
Director Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento
Estrategico, Nivel F-4 de la Direccion de Salud III Lima.
Registrese, comuniquese y publiquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
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RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 134-2006/MINSA
Lima, 8 de febrero del 2006
Visto el Expediente Nº 06-000276, que contiene el
Memorandum Nº 616-2005-D VM/MINSA;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 013-2005-SA, se faculto al Ministerio de Salud a traves de la Direccion
General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID a otorgar la autorizacion de ingreso al pais, distribucion y uso de productos farmaceuticos y afines, que no cuenten con registro sanitario, siempre que no se destinen a la comercializacion, adquiridos por la autoridad de salud o donados a Instituciones privadas;
Que, dentro del plazo señalado en el Articulo 2º del precitado dispositivo legal, se aprobo su Reglamento, mediante Resolucion Ministerial Nº 456-2005/MINSA, estableciendose determinados requisitos y criterios tecnicos para el otorgamiento de la autorizacion a que se contrae el precitado Decreto Supremo;
Que, es de permanente interes institucional garantizar que los productos farmaceuticos y afines que ingresan al pais, provenientes de adquisiciones por el Ministerio de Salud o donaciones a instituciones privadas, sean de calidad, eficaces y seguros, por lo que corresponde establecer requisitos y condiciones que aseguren dichos objetivos;
Que, en tal sentido, es conveniente actualizar los mencionados criterios tecnicos a traves de un nuevo reglamento que se adecue a los Lineamientos de P o litica
Sectorial para el periodo 2002 - 2012, en materia de suministro y uso racional de medicamentos;
Con las visaciones de las Direcciones Generales de
Salud de las P ersonas, de Medicamentos , Insumos y
Drogas y de la Oficina General de Asesoria Juridica;
Con la visacion del Viceministro de Salud; y ,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo
SE RESUEL VE:
Ar ticulo 1º.- Aprobar el "REGLAMENT O P ARA LA
A U T ORIZA CION SANIT ARIA DE PRODUCT O S
F ARMA CEUTICOS Y AFINES DE USO POR EL MINISTERIO
DE SALUD NO DESTINADOS A LA COMERCIALIZACION", el mismo que consta de cuatro (4) Titulos , cinco (5) Capitulos , treinta y cinco (35) Articulos y una (1) Disposicion
Complementaria, que forma parte de la presente resolucion.
Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial
Nº 456-2005/MINSA.
Registrese, comuniquese y publiquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
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