El Peruano - Edición del 11/02/2006 - Pagina 80
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Lima, sabado 11 de febrero de 2006
RESOLUCION JEF A TURAL
Nº 035-2006-INEI
Lima, 20 de enero del 2006
Visto el Oficio Nº 017-2006-AG-DGIA/008-DE, de la
Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorizacion para la obtencion de informacion sobre volumenes de ingreso de productos agropecuarios a Lima Metropolitana, a traves de las
Principales Garitas de acceso;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de
Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de
Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del
Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones nor mar , super visar y e v aluar los metodos Nacionales y Regionales; , procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las
Estadisticas Oficiales del pais;
Que, la Direccion General de Informacion Agraria del
Ministerio de Agricultura, requiere obtener informacion diaria sobre volumenes de ingreso de productos agropecuarios en Lima Metropolitana, con el proposito de conocer el abastecimiento de productos agroalimentarios e interpretar el comportamiento de los precios en los principales mercados de Lima
Metropolitana;
Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecucion del mencionado registro, el mismo que se realizara en las principales garitas de control, a todos los vehiculos que ingresen a Lima Metropolitana, transportando productos agropecuarios, asi como aprobar el formato correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM,
Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto
Nacional de Estadistica e Informatica;
Con la opinion tecnica de la Direccion Tecnica de
Indicadores Economicos y la visacion de la Subjefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria
Juridica;
En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e
Informatica";
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- Autorizar la realizacion del registro de productos agropecuarios que ingresan a traves de las garitas de control de Ancon (Km. 42, Panamericana
Norte), Pucusana (Km. 57, Panamericana Sur) y la
Oro y a (ciudad de La Oro y a, pro vincia de con 10 a mas trabajadores a nivel de Lima Metropolitana y Y auli, departamento de Junin).
Articulo 2º.- Aprobar el formato correspondiente, que forma parte integrante de la presente resolucion.
Articulo 3º.- El mencionado registro sera ejecutado, por personal debidamente identificado de la Direccion
General de Informacion Agraria del MINAG, mediante entrevista directa a todos los transportistas o conductores, que pasan por las principales garitas de control transportando productos agropecuarios, La encuesta se realizara en los meses de enero a diciembre del 2006.
Articulo 4º.- Las personas naturales o juridicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolucion, que se negaren a brindar informacion y/o suministren datos falsos, seran multadas conforme a lo dispuesto por los
A r ts . 87º y 91º del D . S . Nº 043-2001-PCM.
Registrese y comuniquese.
EMILIO F ARID MA TUK CASTR O
Jefe
Instituto Nacional de
Estadistica e Informatica
02629
& C
RESOLUCION JEF A TURAL
Nº 060-2006-INEI
Lima, 7 de febrero del 2006
Visto el Oficio Nº 029-2006-MTPE/4/10.3 de la Oficina de Estadistica e Inf or matica del Ministerio de T r abajo y
Promocion del Empleo (MTPE), solicitando autorizacion para la ejecucion de la "Encuesta Nacional de Sueldos y
Salar ios"; y ,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de
Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de
Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del
Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones nor mar , super visar y e v aluar los metodos , procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las
Estadisticas Basicas referidas a los Sistemas de Cuentas
Que, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y F o r m acion Prof esional del Ministerio de T r abajo y
Promocion del Empleo, con la finalidad de conocer el nivel, estructura, distribucion y evolucion de las remuneraciones nominales y reales, en el sector asalariado privado de los principales centros urbanos del pais, ha programado la ejecucion de la Encuesta
Nacional de Sueldos y Salarios, con informacion referida a los meses de diciembre 2005 en Lima Metropolitana y junio y diciembre del 2005 para el resto del pais, la cual permitira determinar el nivel y las tendencias que siguen los sueldos y salarios nominales y reales, en los distintos sectores economicos del area urbana del pais, permitiendo obtener informacion oportuna y de calidad para la toma de decisiones de la politica salarial;
Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecucion de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" dirigida a empresas de 10 a mas trabajadores seleccionadas en una muestra representativa a nivel nacional en las principales ciudades del pais en todas las ramas de la actividad economica;
Con la opinion tecnica de la Direccion Tecnica de
Indicadores Economicos y la visacion de la Sub Jefatura de
Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria J uridica;
De conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM,
Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto
Nacional de Estadistica e Informatica;
En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y
Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica";
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta
Nacional de Sueldos y Salarios" dirigida a las empresas las ciudades de Arequipa, T r ujillo , Chicla y o , Piura, Iquitos,
Chimbote , Cusco , Huanca y o , T acna, Pucallpa, Ica,
Huan u c o , Puno , J uliaca, A y acucho , Cajamarca, T a r apoto ,
T u mbes , Cerro de P asco , Huar az, Abanca y , Moquegua,
Huancavelica, Puerto Maldonado y Chachapoyas, en todas las ramas de actividad economica, la que sera ejecutada por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y
Formacion Profesional del MTPE.
Articulo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente resolucion, y que se ejecutara para relevar informacion correspondiente a diciembre 2005 en Lima
Metropolitana y de junio y diciembre 2005 para el resto de ciudades.
Articulo 3º.- Las empresas a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion brindaran las facilidades a los entrevistadores encargados del diligenciamiento del formulario, quienes estaran debidamente acreditados por la
Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion
Profesional del MTPE.
Articulo 4º.- Se establece que los periodos de recojo de informacion correspondiente a Lima Metropolitana sera del 8 de febrero al 3 de marzo del 2006 y para el resto de ciudades del 20 de febrero al 21 de marzo del 2006. "
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