El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 26
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Lima, domingo 12 de febrero de 2006
RESOLUCION JEF A TURAL
Nº 081-2006-INDECI 6 de febrero del 2006
Visto, el Informe Nº 016-2006-INDECI (13.0) de la
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 26 de enero del 2006; mediante el cual se remite el nombre del participante que aprobo el Curso de Capacitacion de
Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa Civil, apto para su reconocimiento y autor izacion; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de
Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto
Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto
Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector indicada. Tecnico de Seguridad en Defensa Civil;
Que, conforme se establece en el referido
Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del
Inspector Tecnico de Segur idad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores
Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso;
Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de
Arequipa ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def credenciales respectivas. ensa
Civil dirigido a los Organos del SINADECI, resultando aprobado el participante conforme a lo informado por la
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quien cumple con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlo y autorizarlo como Inspector
Tecnico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas;
Que, conforme se establece en el Art. 47º del
Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil
Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector;
Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Ar t . 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas;
En uso de las atribuciones conferidas en el
Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y
Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM;
SE RESUEL VE:
Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como
Inspector Tecnico de Segur idad en Def ensa Civil, a la persona comprendida en el Anexo (en un folio) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempeñe en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil de
T acna.
Ar ticulo Segundo.- El Inspector Tecnico reconocido y autorizado mediante la presente Resolucion, luego de ser inscrito en el Registro de Inspectores, quedara f acultado par a ef ectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion
A r ticulo T e r c e r o.- El reconocimiento y autorizacion señalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedicion de la presente
Resolucion.
Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion del
Inspector mencionado en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores
Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las
Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de
Pre v encion y la Oficina de Estadistica y T e lematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Segur idad en
Defensa Civil.
Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, ef ectuara su pub licacion en el Diar io Oficial El P e r uano y remitira copia fedateada de la misma a la Direccion
Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de
Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y
T elematica, Direccion Regional de Def ensa Civil de Cusco y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes.
Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.
JUAN LUIS PODESTA LLOSA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
INDECI
CODIGO DEL CURSO: 0 0 0 0 0 0 000660
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
ANEXO A LA RESOLUCION JEF A T URAL
CURSO: INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD
Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion
Nº 081-2006-INDECI
FECHA: 07/11/05
D E P A R T AMENT O: T A CNA
REGION :DRDC DE LIMA-CALLAO
PROVINCIA: T A C N A
T otal de P a r ticipantes Aptos: 1
DISTRITO: T A C N A
N º
APELLIDOS Y NOMBRES
D N I
T I TULO
N °
COMITE/ENTIDAD
UBICACION GEOGRAFICA
C O M I T E
COLEGIO
Q UE LO PRESENT A D EP AR T AMENT O
PROVINCIA
DISTRITO ASIGNADO
1
CHAP A R R O MENDOZA JOSE ALFONZO
04651951
BACHILLER DE INGENIERO
C o m ite Provincial
AGRICOLA
T A C N A
T A C N A
P r o v incial
T A C N A
T A C N A
CNEL. G.
Distrital
ALBARRACAN
02618
RESOLUCION JEF A TURAL
Nº 082-2006-INDECI 6 de febrero del 2006
Visto, el Informe Nº 017-2006-INDECI (13.0) de la Direccion
Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 26 de enero del 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de
Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa Civil, aptos par a su reconocimiento y autorizacion; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de
Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo
Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo
Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Segur idad en Def ensa Civil;
Que, conforme se establece en el referido
Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del
Inspector Tecnico de Segur idad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores
Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso;
Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de Piura ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para "
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