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El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 26


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Lima, domingo 12 de febrero de 2006

RESOLUCION JEF A TURAL

Nº 081-2006-INDECI 6 de febrero del 2006

Visto, el Informe Nº 016-2006-INDECI (13.0) de la

Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 26 de enero del 2006; mediante el cual se remite el nombre del participante que aprobo el Curso de Capacitacion de

Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa Civil, apto para su reconocimiento y autor izacion; y ,

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de

Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto

Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto

Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector indicada. Tecnico de Seguridad en Defensa Civil;

Que, conforme se establece en el referido

Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del

Inspector Tecnico de Segur idad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores

Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso;

Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de

Arequipa ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def credenciales respectivas. ensa

Civil dirigido a los Organos del SINADECI, resultando aprobado el participante conforme a lo informado por la

Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quien cumple con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlo y autorizarlo como Inspector

Tecnico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas;

Que, conforme se establece en el Art. 47º del

Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil

Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector;

Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Ar t . 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas;

En uso de las atribuciones conferidas en el

Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y

Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM;

SE RESUEL VE:

Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como

Inspector Tecnico de Segur idad en Def ensa Civil, a la persona comprendida en el Anexo (en un folio) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempeñe en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil de

T acna.

Ar ticulo Segundo.- El Inspector Tecnico reconocido y autorizado mediante la presente Resolucion, luego de ser inscrito en el Registro de Inspectores, quedara f acultado par a ef ectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion

A r ticulo T e r c e r o.- El reconocimiento y autorizacion señalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedicion de la presente

Resolucion.

Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion del

Inspector mencionado en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores

Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las

Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de

Pre v encion y la Oficina de Estadistica y T e lematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Segur idad en

Defensa Civil.

Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, ef ectuara su pub licacion en el Diar io Oficial El P e r uano y remitira copia fedateada de la misma a la Direccion

Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de

Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y

T elematica, Direccion Regional de Def ensa Civil de Cusco y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes.

Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.

JUAN LUIS PODESTA LLOSA

Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

INDECI

CODIGO DEL CURSO: 0 0 0 0 0 0 000660

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL

ANEXO A LA RESOLUCION JEF A T URAL

CURSO: INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD

Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion

Nº 081-2006-INDECI

FECHA: 07/11/05

D E P A R T AMENT O: T A CNA

REGION :DRDC DE LIMA-CALLAO

PROVINCIA: T A C N A

T otal de P a r ticipantes Aptos: 1

DISTRITO: T A C N A

N º

APELLIDOS Y NOMBRES

D N I

T I TULO

N °

COMITE/ENTIDAD

UBICACION GEOGRAFICA

C O M I T E

COLEGIO

Q UE LO PRESENT A D EP AR T AMENT O

PROVINCIA

DISTRITO ASIGNADO

1

CHAP A R R O MENDOZA JOSE ALFONZO

04651951

BACHILLER DE INGENIERO

C o m ite Provincial

AGRICOLA

T A C N A

T A C N A

P r o v incial

T A C N A

T A C N A

CNEL. G.

Distrital

ALBARRACAN

02618

RESOLUCION JEF A TURAL

Nº 082-2006-INDECI 6 de febrero del 2006

Visto, el Informe Nº 017-2006-INDECI (13.0) de la Direccion

Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 26 de enero del 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de

Inspectores Tecnicos de Segur idad en Def ensa Civil, aptos par a su reconocimiento y autorizacion; y ,

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de

Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo

Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo

Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074-2005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Segur idad en Def ensa Civil;

Que, conforme se establece en el referido

Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del

Inspector Tecnico de Segur idad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores

Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso;

Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de Piura ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para "


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