El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 40
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Lima, domingo 12 de febrero de 2006 acciones sancionables, conforme al Decreto Legislativo
Nº 276 y a la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica sera sancionado, conforme a lo establecido en dichas normas y sus respectivos reglamentos.
V . DISPOSICIONES FINALES
5.1 . La presente Directiva es de aplicacion tambien para el personal contratado en la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre bajo la modalidad de Servicios no
P ersonales y pr acticantes pre prof esionales .
5.2 . La Unidad de P ersonal de la Oficina de
Administracion de la Municipalidad de Pueblo Libre, se encuentra obligada a incorporar una clausula resolutoria en los contratos de locacion de servicios y de practicas pre- profesionales que celebre, renueve o prorrogue con personas naturales, por causal de incumplimiento de los principios y obligaciones contenidas en la presente
Directiva.
02673
MUNICIP ALID AD DE SAN ISIDR O ,7 /#
ORDENANZA Nº 145-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRIT AL DE SAN ISIDR O
VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 7 de febrero de 2006, El Dictamen Nº 007-2006-CAJ/MSI, recomendando la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que modifica los Articulos 81º y 82º y deroga el articulo 90º de la
Ordenanza Nº 065-MSI; y ,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas, conforme lo estab lece el ar ticulo 194º de la Constitucion P POR T olitica del
P eru, modificado por la Le y de Ref or ma Constitucional
Nº 27680 y en concordancia con el ar ticulo II del
Mando se registre, publique y cumpla.
Titulo
Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley
Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Nº 065-MSI publicada el 27 de diciembre de 2003, se aprobo el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Isidro;
Que, el articulo 81º de la Ordenanza Nº 065-MSI, establece que existen nueve (9) comisiones permanentes de Regidores;
Que, es necesario reducir el numero dichas comisiones a ocho (8), fusionando la Comision de
Administracion y Finanzas con la Comision de Asuntos
Laborales;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LOS
AR TICULOS 81º Y 82º Y
DEROGA EL ARTICULO 90º
DE LA ORDENANZA Nº 065-MSI
Articulo 1º.- Modificar el Articulo 81º de la Ordenanza
Nº 065-MSI, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:
Comisiones P e r manentes que corresponderan a las
Competencias, atribuciones y funciones de la
Municipalidad.
Las Comisiones P e r manentes son:
1. Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos
Laborales.
2. Comision de Desarrollo Urbano.
3. Comision de Segur idad Ciudadana y T ransito .
4. Comision de Asuntos Juridicos.
5. Comision de Bienestar , Salud y Pro y eccion Social.
6. Comision de Comunicaciones y Participacion
V ecinal.
7. Comision de Cultura y Deportes.
8. Comision de Servicios a la Ciudad."
Articulo 2º.- Modificar el Articulo 82º de la Ordenanza
Nº 065-MSI, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:
P e r manente de Administr acion, Finanzas y Asuntos
Laborales, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con:
1) La formulacion, aprobacion, ampliacion, modificacion, ejecucion, evaluacion y Control del Plan de
Accion y Presupuesto de la Municipalidad;
2) La Cuenta General del Ejercicio Anual.
3) La propuesta de creacion, modificacion, supresion, exoneracion o inafectacion de tributos municipales;
4) Emprestitos internos y externos;
5) Propuestas que impliquen gastos no presupuestados;
6) Los planes y proyectos de desarrollo distrital;
7) Las inversiones y egresos de la Municipalidad;
8) Empresas y organismos desconcentrados de la
Municipalidad;
9) La estructura Organica y la Organizacion de la
Municipalidad;
10) Examenes especiales, auditorias economicas y actos de control;
11) T r abajadores Municipales .
12) Organizaciones Sindicales;
13) Programas de capacitacion y Bienestar;
14) Otros que le encomiende el Concejo . ”
Articulo 3º.- Derogar el Articulo 90º de la Ordenanza
Nº 065-MSI.
ANT O:
Dado en Lima a los siete dias del mes febrero de dos mil seis.
JORGE SALMON JORDAN
Alcalde
02615
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ORDENANZA Nº 146-MSI
EL ALCALDE DISTRIT AL DE SAN ISIDR O
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRIT AL DE SAN ISIDR O
Visto, el Dictamen Nº 009-CAJ-2006-CAJ/MSI de la
Comision de Asuntos Juridicos, recomendando la probacion del Proyecto de Ordenanza que aprueba el
Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacion de los Bienes de la Municipalidad de San Isidro; y ,
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de
Municipalidades establece el Regimen de Administracion "
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