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El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 40


"

Lima, domingo 12 de febrero de 2006 acciones sancionables, conforme al Decreto Legislativo

Nº 276 y a la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica sera sancionado, conforme a lo establecido en dichas normas y sus respectivos reglamentos.

V . DISPOSICIONES FINALES

5.1 . La presente Directiva es de aplicacion tambien para el personal contratado en la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre bajo la modalidad de Servicios no

P ersonales y pr acticantes pre prof esionales .

5.2 . La Unidad de P ersonal de la Oficina de

Administracion de la Municipalidad de Pueblo Libre, se encuentra obligada a incorporar una clausula resolutoria en los contratos de locacion de servicios y de practicas pre- profesionales que celebre, renueve o prorrogue con personas naturales, por causal de incumplimiento de los principios y obligaciones contenidas en la presente

Directiva.

02673

MUNICIP ALID AD DE SAN ISIDR O ,7 /#

ORDENANZA Nº 145-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRIT AL DE SAN ISIDR O

VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 7 de febrero de 2006, El Dictamen Nº 007-2006-CAJ/MSI, recomendando la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que modifica los Articulos 81º y 82º y deroga el articulo 90º de la

Ordenanza Nº 065-MSI; y ,

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas, conforme lo estab lece el ar ticulo 194º de la Constitucion P POR T olitica del

P eru, modificado por la Le y de Ref or ma Constitucional

Nº 27680 y en concordancia con el ar ticulo II del

Mando se registre, publique y cumpla.

Titulo

Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley

Nº 27972;

Que, mediante Ordenanza Nº 065-MSI publicada el 27 de diciembre de 2003, se aprobo el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Isidro;

Que, el articulo 81º de la Ordenanza Nº 065-MSI, establece que existen nueve (9) comisiones permanentes de Regidores;

Que, es necesario reducir el numero dichas comisiones a ocho (8), fusionando la Comision de

Administracion y Finanzas con la Comision de Asuntos

Laborales;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LOS

AR TICULOS 81º Y 82º Y

DEROGA EL ARTICULO 90º

DE LA ORDENANZA Nº 065-MSI

Articulo 1º.- Modificar el Articulo 81º de la Ordenanza

Nº 065-MSI, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

Comisiones P e r manentes que corresponderan a las

Competencias, atribuciones y funciones de la

Municipalidad.

Las Comisiones P e r manentes son:

1. Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos

Laborales.

2. Comision de Desarrollo Urbano.

3. Comision de Segur idad Ciudadana y T ransito .

4. Comision de Asuntos Juridicos.

5. Comision de Bienestar , Salud y Pro y eccion Social.

6. Comision de Comunicaciones y Participacion

V ecinal.

7. Comision de Cultura y Deportes.

8. Comision de Servicios a la Ciudad."

Articulo 2º.- Modificar el Articulo 82º de la Ordenanza

Nº 065-MSI, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

P e r manente de Administr acion, Finanzas y Asuntos

Laborales, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con:

1) La formulacion, aprobacion, ampliacion, modificacion, ejecucion, evaluacion y Control del Plan de

Accion y Presupuesto de la Municipalidad;

2) La Cuenta General del Ejercicio Anual.

3) La propuesta de creacion, modificacion, supresion, exoneracion o inafectacion de tributos municipales;

4) Emprestitos internos y externos;

5) Propuestas que impliquen gastos no presupuestados;

6) Los planes y proyectos de desarrollo distrital;

7) Las inversiones y egresos de la Municipalidad;

8) Empresas y organismos desconcentrados de la

Municipalidad;

9) La estructura Organica y la Organizacion de la

Municipalidad;

10) Examenes especiales, auditorias economicas y actos de control;

11) T r abajadores Municipales .

12) Organizaciones Sindicales;

13) Programas de capacitacion y Bienestar;

14) Otros que le encomiende el Concejo . ”

Articulo 3º.- Derogar el Articulo 90º de la Ordenanza

Nº 065-MSI.

ANT O:

Dado en Lima a los siete dias del mes febrero de dos mil seis.

JORGE SALMON JORDAN

Alcalde

02615

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ORDENANZA Nº 146-MSI

EL ALCALDE DISTRIT AL DE SAN ISIDR O

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRIT AL DE SAN ISIDR O

Visto, el Dictamen Nº 009-CAJ-2006-CAJ/MSI de la

Comision de Asuntos Juridicos, recomendando la probacion del Proyecto de Ordenanza que aprueba el

Reglamento de Altas, Bajas y Enajenacion de los Bienes de la Municipalidad de San Isidro; y ,

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de

Municipalidades establece el Regimen de Administracion "


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