El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 42
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Lima, domingo 12 de febrero de 2006
Que, el articulo 68º de la norma tributaria municipal, establece en su inciso b) que las municipalidades podran imponer tasas por servicios administrativos o derechos, los mismos que debe pagar el contribuyente a la municipalidad por concepto de tramitacion de procedimientos administrativos o por el aprovecha del distrito de San Juan de Miraflores"; - miento particular de bienes de propiedad de la
Municipalidad;
Que, en este sentido debemos manifestar que el articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades establece que son bienes de las municipalidades, entre otros:
1. Los bienes inmuebles y muebles de uso publico destinados a servicios publicos locales.
2. Los edificios m unicipales y sus instalaciones y necesarias a efectos de implementar y regular el , en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad.
Que de conformidad con el articulo 9º, inciso 8) de la
Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la Ordenanza que incluya en el Cuadro T a r i f a rio de Ser Ordenanza Municipal Nº 000034-MDSJM y las facultades vicios
Administrativos de la Municipalidad de San Juan de
Miraflores aprobado con Ordenanza Municipal
Nº 000019-2004/MDSJM el cobro por el uso de las piscinas ubicadas en nuestro distrito y que no se encuentren en el Campo Zonal Huayna Capac, incor por ando en el Cuadro T a r i f a r io el item 3.215, correspondiente a la Subgerencia de Juventud, Educacion,
Cultura , T u r ismo y Depor tes de la ref er ida Ordenanza;
De conformidad a lo dispuesto, por el articulo 9º numeral 8) y el articulo 40º de la Ley Organica de
Municipalidades - Ley Nº 27972 y demas normas pertinentes, debatido en el pleno del Concejo, y con la dispensa del tramite de lectur a y aprobacion del Acta; Articulo Segundo.- y , con el voto mayoritario, se aprobo la siguiente:
ORDENANZA
Articulo Primero.- APROBAR LA INCLUSION DEL
COBRO DE USO DE PISCINA POR HORA, para las piscinas que no sean del Campo Zonal “Huayna Capac”,
EN EL CU A D R O T ARIF ARIO DE SER VICIOS
ADMINISTRA TIV OS de la Municipalidad Distr ital de San
Juan de Miraflores aprobado con Ordenanza Municipal
Nº 000019-2004/MDSJM, COMO EL ITEM 3.215 de la
Subgerencia de J u v entud, Educacion, T u rismo y Cultur ($) a, conforme se detalla: 3 . 2
SUBGERENCIA DE JUVENTUD , EDUCA CION,
CUL TURAL, TURISMO Y DEPOR TE
3.215 Uso de Piscina por hora
S/. 2.00
Articulo Segundo .- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Humano y Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Ar ticulo T e r cero.- La presente Ordenanza entr ara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario
Oficial El P e r uano .
Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.
P A ULO HERNAN HINOSTR OZA GUZMAN
Alcalde
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DECRETO DE ALCALDIA
Nº 000007-2006/MDSJM
San Juan de Miraflores, 23 de enero del 2006
El ALCALDE DE LA MUNICIP ALID AD DISTRIT AL
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000034-
MDSJM del 13 de mayo del 2005 se aprobo el "Programa de Reconocimiento a la Puntualidad del contribuyente
Que, dentro del mencionado programa se aprobo un sistema de premiacion a la puntualidad del contribuyente, que permitira que los vecinos acreditados tengan opcion a beneficiarse tanto de la atencion preferencial en todas las dependencias de la Municipalidad de San Juan de
Miraflores, asi como de participar en los sorteos de premios y/o descuentos que se den en entidades asociadas al programa;
Que, es necesario emitir las disposiciones que sean desarrollo de los mencionados sorteos y/o descuentos;
Que, el articulo 42º de la Ley Organica de
Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas;
Estando a lo expuesto en cumplimiento de la contenidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley
Nº 27972.
DECRET A:
Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Sorteos del Sistema de Premiacion y Reconocimiento a la puntualidad del contribuyente del distrito de San Juan de Miraflores, establecido en el Articulo Sexto de la
Ordenanza Municipal Nº 000034-MDSJM, documento que consta de 9 Articulos, que en anexo forma parte integrante del presente Decreto.
El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion.
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.
P A ULO HERNAN HINOSTR OZA GUZMAN
Alcalde
02672
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RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 000358
San Juan de Miraflores, 15 de diciembre de 2005
Visto, el Acuerdo de Concejo Nº 000174-2005-
MDSJM de fecha 15 de diciembre del 2005, donde se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la
Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores para el
Año Fiscal 2006, tal como lo establece el articulo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de
Municipalidades;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en el articulo 195º de la Constitucion P olitica del P eru y el ar ticulo 42º, liter a l
d) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la
Descentralizacion, es competencia de los Gobiernos
Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, mediante la Ley Nº 28652 se ha aprobado el
Presupuesto del Sector Publico correspondiente al año fiscal 2006, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales;
Que, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, ha aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 033- 2005-EF/76.01, la Directiva Nº 0013-2005-EF/76.01, para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los
Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales p a r a el Año Fiscal 2006; y , "
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