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El Peruano - Edición del 12/02/2006 - Pagina 7


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Lima, domingo 12 de febrero de 2006    

T r atandose de predios inscr itos y a sea en z P a r onas a ef ectos de lo dispuesto en el parr a f o anter ior , catastradas y en zonas no catastradas, cuya los Notarios y las Entidades Generadoras de Catastro informacion catastral y registral no presenten deberan informar y exigir a los usuarios de sus servicios discrepancias, se procedera con la inscripcion del CUC la obligacion de incluir el CUC.

De existir discrepancia, la SUNARP iniciara el

CAPITULO IV procedimiento de saneamiento catastral y registral CAR T OGRAFIA CA T ASTRAL

En caso de los predios no inscritos, el CUC se Articulo 30º.- Actividades y procesos que inscribira conjuntamente con la inmatriculacion del predio. comprende la Cartografia Catastral

La cartografia catastral es fundamental para correlacionar

Articulo 25º.- Asignacion del CUC en caso de la superficie del predio con el registro de inmuebles y fraccionamiento de un predio comprende las actividades y procesos relacionados con la

Si un predio con CUC, asignado es fraccionado, se le geodesia, fotogrametria, teledeteccion, topografia y sistemas asignara a cada una de las fracciones resultantes un de informacion geografica que permiten obtener la nuevo CUC cancelandose el CUC del predio matriz, el representacion grafica del territorio. Estas actividades y que quedara como archivo historico, salvo que se trate procesos se encuentran sujetas a la normativa del IGN y de la independizacion de unidades inmobiliarias de estan enumerados dentro del Marco Geodesico de propiedad exclusiva conformantes de una edificacion, Referencia, Sistema de Proyeccion, nomenclatura caso en el cual el CUC del predio matriz se conservara cartografica y toponimia oficial aprobadas por el IGN. para identificar dicho matriz.

A partir de la cartografia catastral es posible localizar el predio sobre el territorio nacional, obtener la

Articulo 26º.- Asignacion de CUC en el caso de informacion planialtimetrica de la topografia del predio, y acumulacion de predios determinar el area y perimetro, respectivo.

se le asignara un CUC al nuevo predio resultante. Los Articulo 31º.- Clases de Cartografia Catastral

CUC anteriores se cancelaran y se conservan como La Cartografia Catastral puede ser Derivada o antecedente historico y no podra usarse nuevamente. T ematica.

Es Derivada, cuando se forma por procesos de

Articulo 27º.- Documento que da merito a la adicion o generalizacion de la informacion topografica inscripcion y costo del CUC contenida en la cartografia basica preexistente. Este

El Registro de Predios inscribe el CUC, con la tipo de cartografia esta sujeta a la norma cartografica presentacion de la Hoja Informativa Catastral y la basica, complementada con simbologia especifica, con documentacion requerida por las demas normas lo que se garantiza la fidelidad de la informacion. registrales correspondientes.

Es T ematica, cuando se desarrolla teniendo como

Cuando la inscripcion la solicite una entidad publica, soporte la cartografia basica o derivada, destacando en el marco de un programa de titulacion, bastara para aspectos descriptivos y ponderativos concretos de la su inscripcion acompañar el plano catastral y su informacion adicional especifica. asignado. Las caracteristicas de los planos y la Articulo 32º.- Produccion de Cartografia Basica y estructura de la base de datos seran reguladas mediante Series Cartograficas Catastrales directiva expedida por el CNC.

La produccion de la Cartografia Basica es continua,

En el caso de que la inscripcion sea solicitada por homogenea y articulada, de acuerdo a las series de una Comunidad Campesina o Nativa, bastara recaudar escalas que se determinaran mediante directiva a la solicitud el Plano de Conjunto o Plano de Demarcacion aprobada por el CNC. de su territorio, respectivamente.

Los contenidos minimos de las series cartograficas

En los dos ultimos casos, se acompañara tambien a la urbanas y rurales, asi como la estandarizacion y el solicitud la respectiva base de datos, en medios magneticos. formato de las mismas seran desarrolladas, complementadas o modificadas, mediante Directivas

Articulo 28º.- Revision y Rectificacion del CUC aprobadas por el CNC.

En caso que la Entidad Generadora de Catastro Los formatos de las series cartograficas seran detecte algun error en la asignacion del CUC, lo rectificara validados por el IGN. catastr al, al RdP y a la Secretaria Tecnica.

CAPITULO V

Si la Secretaria Tecnica detecta algun error en la B ASES DE D A T O S CA T ASTRALES - BDC

Gener ador a de Catastro a fin que subsane el error Articulo 33º.- Administracion de la BDC

Subsanado el error , la Entidad Gener ador a de Catastro La informacion de las BDC es acopiada, integrada, procedera de acuerdo a lo señalado en el parr af custodiada y difundida por la Secretaria o anter ior .

Tecnica y

En ambos casos la rectificacion sera comunicada al gestionada por un Sistema de Informacion Geografica - titular catastral.

SIG.

Articulo 29º.- Obligacion de Consignar el CUC

Articulo 34º.- Contenido de las BDC

Una vez asignado el CUC, sera obligatorio Las BDC estaran compuestas por toda la consignarlo en todos los documentos relativos al predio. documentacion, actual o antigua, que describa al predio.

Ministerio de Comer cio Exterior y T urismo

Decreto Supremo Nº 001-2006-MINCETUR "Los anexos del Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica No. 58, suscr ito entre los Gobier nos de la Repub lica del P eru y la Repub lica F eder ativ a del Br asil, en el marco del T r atado de Monte video de 1980, puesto en ejecucion por Decreto Supremo Nº 001-2006-MINCETUR, se encuentr an pub licados y estan a disposicion en el P o r tal de Inter net del Minister io de Comercio

Exter ior y T u r ismo: http://www .mincetur .gob .pe "

VICEMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

MINCETUR

02595

en la partida registral del predio.

regulado en el Titulo VI del presente Reglamento .

Si dos o mas predios con CUC asignado se acumulan, respectiva base de datos en que se consignara el CUC de oficio, luego de lo cual debera comunicarlo al titular asignacion del CUC, lo comunicara a la Entidad .

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