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El Peruano - Edición del 13/02/2006 - Pagina 18


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Lima, lunes 13 de febrero de 2006 del 2004 - Estatuto del CONAFU en su articulo 11º,

Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la

Autorizacion de Funcionamiento de Universidades en su Sesion Ordinar ia del 11 de enero del 2006; y ,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de

Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional y tambien solicitudes de autorizacion para funcionamiento definitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo, teniendo ademas como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo

Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones estab lecidas en la Le y , el

Estatuto y el Reglamento;

Que, mediante la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de f echa 29 de abr il del 2004 - Estatuto del CONAFU y , en su articulo 11º Son atribuciones del pleno del

CONAFU, en su inciso s) Constituir y designar comisiones especiales para el desempeño de encargos especificos;

Que, por Ley Nº 27154, se institucionaliza la

Acreditacion de F acultades o Escuelas de Medicina

Humana en las Universidades del pais, para garantizar la calidad e idoneidad de la formacion academico- profesional de los medicos cirujanos y de la atencion de salud a la comunidad, estando entre otros dicha Comision, por un representante del Consejo Nacional para la

Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -

CONAFU;

Que, por Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de

Universidades en su Sesion Ordinaria del 11 de enero del 2006, acordo por UNANIMIDAD designar al doctor

Luis Alberto Huarachi Quintanilla como representante del Consejo Nacional para la Autorizacion de

Funcionamiento de Universidades - CONAFU ante la

Comision para la Acreditacion de Escuelas o

F acultades de Medicina Humana - CAFME el mismo que hara efecto a partir de la expedicion de la

Resolucion correspondiente;

Estando a lo expuesto, la Ley Nº 26439, la Ley

Nº 27154, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de abril del 2004 - Estatuto del CONAFU en su articulo 11º, Acuerdo de Pleno del Consejo Nacional para la

Autorizacion de Funcionamiento de Universidades en su Sesion Ordinaria del 11 de enero del 2006 y presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al , en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y el articulo 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU;

SE RESUEL VE:

Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor Luis Alberto

Huarachi Quintanilla como representante del Consejo

Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de

Universidades - CONAFU ante la Comision para la

Acreditacion de Escuelas o F acultades de Medicina

Humana - CAFME, a partir de la expedicion de la presente

Resolucion.

Articulo Segundo.- HACER de conocimiento de la

Comision par a la Acreditacion de F acultades o Escuelas de Medicina Humana - CAFME la presente Resolucion.

Registrese, comuniquese y archivese.

CESAR CRUZ CARBAJAL

Presidente

WUILDER TR UJILLO REYNA

Secretario General

02671

CONTRALORIA GENERAL & & /! !

RESOLUCION D E CONTRALORIA

Nº 044-2006-CG

Lima, 9 de febrero de 2006

VIST O ; el Inf or me Especial Nº 010-2006-CG/SP , resultante del Examen Especial practicado a la

Cor por acion P e r uana de Aeropuer tos y A viacion

Comercial - CORP A C S .A., por el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2004, incluyendo operaciones anter iores y poster iores al periodo citado; y ,

CONSIDERANDO:

Que, la Contraloria General de la Republica dispuso una accion de control a la Cor por acion P e r uana de

Aeropuer tos y A viacion Comercial - CORP A C S .A., con relacion a los procesos de adquisicion y contratacion de bienes y servicios realizados efectuadas por la citada

Corporacion durante el año 2004;

Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que

CORP A C S . A . realizo un proceso de Adjudicacion Directa

Selectiva para el suministro de combustible durante el periodo 2004 - 2005, el cual luego de haberse otorgado la buena pro y estando esta consentida, fue declarado nulo sin haberse presentado alguna de las causales reguladas por la normativa vigente; procediendose a contratar a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia a otr a empresa, con la que CORP A C S .A. v enia ejecutando un Contrato de Suministro de Combustible anter i o r , habiendose deter minado que en la ejecucion del contrato antes citado se efectuaron pagos que excedieron en S/. 32 942,59 el monto pactado contractualmente; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la comision del delito de

Negociacion Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el ar ticulo 399º del Codigo P e nal;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de

Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de

Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador

Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre daño economico o

Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Inf o r me de Visto; y ,

De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema

Nacional de Control y de la Contraloria General de la

Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUEL VE:

Articulo Unico.- Autorizar al señor Procurador

Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria

General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsab les comprendidos en el Inf or me de Visto , remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes.

Registrese, comuniquese y publiquese.

GENAR O M A TUTE MEJIA

Contralor General de la Republica

02602

"


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