AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 |

El Peruano - Edición del 19/02/2006 - Pagina 33


"

Lima, domingo 19 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES

Pag. 312863

En Arequipa, a los siete dias del mes de diciembre del dos mil cinco.

D ANIEL ERNEST O VERA BALLON

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR T ANT O:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de

Arequipa, a los nueve dias del mes de diciembre del dos mil cinco.

D ANIEL ERNEST O VERA BALLON

Presidente del Gobierno Regional de Arequipa

03050

Aprueban Presupuesto Institucional de

Ingresos del Gobierno Regional correspondiente al Año Fiscal 2006

ACUERDO REGIONAL

Nº 041-2005-CR/AREQ UIP A

El Consejo Regional del Gobierno Regional de

Arequipa, en Sesion Extraordinaria, de la fecha ha tomado el siguiente Acuerdo:

VISTOS:

El Proyecto de Presupuesto Institucional del Gobierno

Regional del departamento de Arequipa para el Año Fiscal 2006, presentado por el Presidente del Gobierno

Regional de la Region Arequipa en su calidad de Titular del Pl iego, y en cumplimiento de lo previsto segu n

Articulo 43º literal f) de la Directiva Nº 011-2005-EF/

76.01 de Programacion, Formulacion y Aprobacion del

Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Año

Fiscal 2006;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al articulo 35º de la Ley Nº 27783 -

Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos

Regionales tienen como competencia exclusiva la de aprobar su Presupuesto Institucional, conforme a lo previsto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema

Nacional de Presupuesto y a las Leyes Anuales de

Presupuesto;

Que, mediante la Ley Nº 28652 se ha aprobado el

Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Año

Fiscal 2006, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Regionales;

Que, de acuerdo a lo señalado en el articulo 41º de la

Directiva Nº 011-2005-EF/76.01 de Programacion,

Formulacion y Aprobacion del Presupuesto de los

Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2006, indica que luego de que se apruebe la Ley Anual de

Presupuesto, el Presupuesto Institucional del Gobierno

Regional se aprueba a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora,

Fuentes de Financiamiento, Funcion, Programa,

Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoria del Gasto y Grupo Generico de Gasto, tomando en cuenta los resultados del Proceso de Formulacion Presupuestal regulado en la Directiva de la materia, asi como del proceso del Presupuesto Participativo;

Que, conforme al articulo 42º de la Directiva antes señalada, la aprobacion de los Presupuestos

Institucionales de los Gobiernos Regionales se efectua mediante Acuerdo del Consejo Regional y es promulgado por el Presidente Regional a traves de Resolucion

Ejecutiva Regional, en un plazo que no excede del 31 de diciembre del 2005, bajo responsabilidad del Titular del

Pliego y del Consejo Regional;

Que, el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, ha remitido al Consejo Regional el Proyecto de

Presupuesto Institucional 2006 del Pliego 443 Gobierno

Regional del Departamento de Arequipa, conforme al resultante del proceso de Programacion y Formulacion del Presupuesto para el Año Fiscal 2006 remitido por la

Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas;

Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 44º de la Directiva Nº 011-2005-EF/76.01 de Programacion,

Formulacion y Aprobacion del Presupuesto de los

Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2006, es responsabilidad del Consejo Regional aprobar el

Presupuesto Institucional del Gobierno Regional;

De conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de de Descentralizacion, y en uso de las facultades y atribuciones contenidas en el articulo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada segun

Ley Nº 27902, y conforme a lo establecido en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y Directiva

Nº 011-2005-EF/76.01 para la Programacion, Formulacion y

Aprobacion del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2006;

SE ACUERDA:

Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de

Ingresos correspondiente al Año Fiscal 2006 del Pliego 443 Gobierno Regional del departamento de Arequipa por Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:

Fuentes de Financiamiento

En Nuevos Soles 0 0 Recursos Ordinarios 505 661 072 01 Canon, Sobrecanon y Regalias 829 809 2 0 0 9 Recursos Directamente Recaudados     44 892 193

T O TA L 571 383 074

Segundo.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Egresos correspondiente al Año Fiscal 2006 del Pliego 443 Gobierno Regional del departamento de Arequipa por Categorias de Gasto, de acuerdo a lo siguiente:

Categoria de Gasto

En Nuevos Soles 5 Gastos Corrientes 507 631 147 6 Gastos de Capital    63 751 927

T O TA L 571 383 074

Disponiendose en dicho acto su registro y notificacion.

Arequipa, 31 de diciembre de 2005

D ANIEL ERNEST O VERA BALLON

Presidente del Consejo Regional

03063

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIP ALID AD

METR OPOLIT AN A DE LIMA

Aprueban T exto Unico de P rocedi- mientos Administrativos del Servicio de Administracion Tributaria

ORDENANZA Nº 911

EL ALCALDE METR OPOLIT ANO DE LIMA

POR CUANTO:

EL CONCEJO METR OPOLIT ANO DE LIMA

Visto en Sesion Ordinaria de fecha 16 de febrero de 2006, el Dictamen Nº 021-2006-MML-CMAEDO de la

Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de

Organizacion;

Aprobo la siguiente:

ORDENANZA

ORDENANZA Q UE APR UEB A EL TEXT O UNICO DE

PR OCEDIMIENT OS ADMINISTRA TIV OS DEL

SER VICIO DE ADMINISTRA CION TRIBUT ARIA DE

LA MUNICIP ALID AD METR OPOLIT ANA DE LIMA

Articulo Primero.- Aprobacion

Apruebese los siguientes procedimientos y/o servicios, asi como los derechos de tramite que pudieran corresponder: "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.