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El Peruano - Edición del 19/02/2006 - Pagina 64


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NORMAS LEGALES

Lima, domingo 19 de febrero de 2006

VISTO:

En la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el Local del Palacio Municipal, bajo la presidencia del Sr . Alcalde Jose Luis A yllon Mini y la asistencia de los señores Regidores Jose Arakaki Nakamine, Rafael

Romero Dre yfus, Elsa Andr ade Vilca, Leonor Casimiro

Reyes, Jorge Laviña Perez, Carlos Cuadros Solis y

Gusta v o Espinoza Soto , el P edido sobre modificator ia del Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML.

CONSIDERANDO:

Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de septiembre del 2005, se aprobo el Acuerdo de Concejo

Nº 114-2005/ML declarando en emergencia sanitaria el sistema de agua y alcantarillado en la Zona de los

Balnearios y Playas del Sur del distrito de Lurin - Zona A, hasta que se resuelva el problema de contaminacion;

Que, con fecha 27.09.2005 la Comision Especial nombrada mediante Acuerdo de Concejo Nº 105-2005/ML y encargada de investigar y evaluar lo relacionado a la situacion del servicio de agua potable y alcantarillado de los

Balnearios de la Zona A, emite Dictamen Nº 01-2005-CE/

ML sobre el asunto, el mismo que es materia de aprobacion por Acuerdo de Concejo, y por lo tanto es necesario la modificacion del Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML;

Que, de la investigacion y evaluacion realizada en la zona por la Comision Especial, se ha verificado que en las viviendas que tienen silos, estos estan colapsando, por lo que deduce que transcurrido un año del informe de salud se habria incrementado mucho mas la contaminacion, poniendo en gravisimo riesgo tanto la salud de las personas como el espacio ecologico ambiental de la indicada zona, atentando ademas contra la pesca artesanal y el turismo;

Que, sin tener presente que la zona no cuenta con las obras de alcantarillado concluidos y por tanto no recepcionados por Sedapal, asi como sin considerar el informe del Ministerio de Salud, la Institucion indicada esta ofertando la instalacion de agua a los vecinos, hecho que contribuye a que al usarse el agua en mayor proporcion se agudice la contaminacion por carecer de una buena disposicion de excretas por falta del sistema de alcantarillado;

Que, el dictamen aludido fue analizado y debatido ampliamente por el Pleno del Concejo, por lo que en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el voto unanime de los señores regidores presentes, aprobaron con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, el siguiente:

ACUERDO:

Articulo Primero.- Modificar los considerando del

Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML, conforme a los considerando del presente Acuerdo, sustentandose en la aprobacion del contenido del Dictamen Nº 01-2005-

CE/ML emitido por la Comision Especial de Regidores nombrada mediante Acuerdo Nº 105-2005/ML.

Articulo Segundo.- Disponer se comunique a la poblacion de los Balnearios del Sur se abstenga de tramitar instalacion de agua y solicitar autorizacion correspondiente ante Sedapal y la Municipalidad de Lurin respectivamente, respetando la

Declaracion de Emergencia a fin de evitar se incremente la contaminacion, teniendose presente las recomendaciones de

DIGESA.

Ar ticulo T e r c e r In o.- v ocar a Sedapal se abstenga de promover la oferta de conexiones domiciliarias de agua en los Balnearios de la Zona A de Lurin, hasta cuando se instale las redes de desague, a fin de evitar el incremento de la contaminacion de la napa freatica que afectaria las playas Arica y Los Pulpos.

Articulo Cuarto.- Autorizar a la Comision Especial de

Regidores nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 105-2005/

ML efectue las coordinaciones del caso con el Ministerio de

Vivienda, Ministerio de Salud, la Comision Nacional de Ambiente, la P olicia Ecologica, el Minister io Pub lico , SED A P AL, la empresa contratista y otras instituciones, a fin de ejecutar acciones conjuntas destinadas a resolver el problema de contaminacion, en salvaguarda de la salud y de la Ecologia Ambiental.

Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de

Desarrollo Urbano y Subgerencia de Medio Ambiente,

Limpieza Pub lica y Areas V erdes adopten las medidas pertinentes para el fiel cumplimiento del presente Acuerdo.

Registrese, comuniquese y cumplase.

JOSE LUIS A YLLON MINI

Alcalde

02584

Aprueban Reglamento de Adminis- tracion y Funciones del Cementerio

Municipal de Lurin

DECRETO DE ALCALDIA

Nº 011-2005-ALC/ML

Lurin, 27 de octubre del 2005

EL ALCALDE DE LA MUNICIP ALID AD DE LURIN

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Nº 112-2004/SBN-GO-JAD del 10.12.2004 expedida por la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se ha dispuesto aprobar la T r ansf erencia P atr imonial Predial a titulo gratuito del inmueble inscrito en la Partida

Nº 11539902 de la Oficina Registral Lima de la Zona

Registral Nº IX SEDE LIMA (SUNARP), a favor de la

Municipalidad Distrital de Lurin, destinado para Cementerio

General, con un area de 21,160.13 m2 (Registro de

Propiedad Inm ueb le Rubro: Titulo de dominio);

Que, la Ley Organica de Municipalidades – Ley

Nº 27972 y las disposiciones expedidas por la Ley de

Cementerios y Servicios Funerarios – Ley Nº 26298 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03- 94-SA, facultan a la Municipalidad para regular los procedimientos de los servicios funerarios que prestan en el Cementerio Municipal, y por lo tanto es pertinente que estos procedimientos se encuentren debidamente establecidos dentro de un reglamento como norma complementaria a las disposiciones legales y vigentes señaladas en la ley;

Que, el Articulo 20º numeral 1 de la Ley Organica de

Municipalidades - Ley 27972, establece que es atribucion del Alcalde: “Defender y Cancelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos”;

En uso de las facultades que le confiere el numeral 6 del Art. 20º y Art. 42º de la Ley Organica de

Municipalidades - Ley Nº 27972;

DECRET A:

Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de

Administracion y Funciones del Cementerio Municipal de Lurin, que consta de Cinco (5) Titulos , 43 ar ticulos y 8 Disposiciones Complementarias y Finales que forman parte del presente Decreto de Alcaldia.

Articulo Segundo.- Derogar toda norma municipal que se oponga al presente Decreto de Alcaldia.

Ar ticulo T e r cer o.- Encargar a la Gerencia de

Desarrollo Humano y P a r ticipacion V ecinal y a la

Subgerencia de Registro Civil y Cementerio el cumplimiento de la aplicacion del presente Reglamento.

Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General se encargue de la publicacion del presente Decreto en el

Diario Oficial El P e ruano y haga conocer a la Gerencia

Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Registro Civil y Cementerio y a quienes corresponda.

Registrese, comuniquese y cumplase.

JOSE LUIS A YLLON MINI

Alcalde

REGLAMENT O DE ADMINISTRA CION Y

FUNCIONES DEL CEMENTERIO MUNICIP A L

DEL DISTRITO DE LURIN

TITULO I

GENERALIDADES

DE LA NA TURALEZA Y CONTENIDO

DEL REGLAMENTO

Articulo 1º. - El presente Reglamento es un instrumento legal que establece los lineamientos y procedimientos tecnicos del Cementerio Municipal del Distrito de Lurin, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades

Nº 27972 y con las disposiciones expedidas por la Ley de

Cementerios y Ser vicios Funer ar ios Legales Vigentes

Nº 26298 y su respectivo Reglamento, para todos los usuarios del Cementerio sin distincion alguna, bajo los principios de justicia, equidad y solidaridad. "


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