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El Peruano - Edición del 19/02/2006 - Pagina 65


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Lima, domingo 19 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES

Pag. 312895

Articulo 2º.- Los usuarios del Cementerio son todas las personas que usan este lugar destinado para inhumar cadaveres y/o a la conservacion de restos humanos, exhumaciones y depositos de cadaveres que se rigen de conformidad al presente reglamento y a las normas emitidas por la Municipalidad.

Articulo 3º.- El Cementerio Municipal se encuentra a cargo de la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio que a su vez depende de la Gerencia de Desarrollo

Humano; por lo que es responsabilidad de la misma, adoptar las medidas pertinentes para optimizar la presentacion de sus servicios funerarios, su administracion y establecer pautas para el control de su funcionamiento.

Articulo 4º.- El presente reglamento se emite teniendo como base normativa: a ) Ley Nº 26298 Ley de Cementerios y Servicios

Funerarios del 22 de Marzo de 1994.

b ) Decreto Supremo Nº 03-94-SA-Reglamento de

Cementerios y Servicios Funerarios del 06 de Octubre de 1994.

Articulo 5º. - El presente reglamento esta compuesto de 06 titulos, 42 articulos, y 08 disposiciones complementarias y finales.

TITULO II

DE LA FINALID AD Y OBJETIV O GENERAL

Articulo 6º. - El presente reglamento tiene como finalidad garantizar una adecuada administracion y efectiva prestacion de los servicios funerarios que brinda a la comunidad el Cementerio Municipal de Lurin.

Articulo 7º.- El objetivo del presente reglamento es establecer los lineamientos de administracion, funciones y procedimientos necesarios para una mejor cobertura de los servicios esenciales en el cementerio.

Articulo 8º.- Son objetivos del presente reglamento: a ) Mantener una eficiente administracion de los recursos economicos, tanto en la recaudacion como en la inversion, mediante los mecanismos de gestion diseñados para el mantenimiento del Cementerio Municipal.

b ) Garantizar la inhumacion, conservacion de huesos y cenizas de los restos humanos.

c ) Hacer cumplir el presente reglamento en concordancia con la Ley de Cementerios y Servicios

Funerarios Nº 26298 y su Reglamento de la Ley de

Cementer ios y Ser vicios Funer ar ios D . S . Nº 03-94 S el Cementerio Municipal. .A. d ) Priorizar la atencion a todos los usuarios para mejorar todos los servicios.

e ) Lograr el ordenamiento y ampliacion del

Cementerio.

f ) Normar el buen funcionamiento del Cementerio

Municipal.

g ) Mantener un clima de paz, tranquilidad, orden y limpieza en el cementerio y entre todos los usuarios. h ) V elar por el mejor amiento del or nato del cementerio.

TITULO III

VIGENCIA Y APLICA CION DEL REGLAMENT O

Articulo 9º.- Son usuarios del Cementerio Municipal, las personas que usan este lugar destinado para inhumar cadaveres y/o a la conservacion de restos humanos (huesos) y/o a la conservacion de cenizas provenientes de la incineracion de restos humanos, que cuentan con los respectiv os recibos de pago de nicho y con m Titulo de

Propiedad de Mausoleos.

Articulo 10º. - Son requisitos para ser usuarios del

Cementerio Municipal: a ) Ser mayor de edad comprobada y con ejercicio de sus derechos.

b ) Acreditar la posesion del nicho, tumba o mausoleo.

TITULO IV

DE LOS ASPECTOS GENERALES

CAPITULO I

DE LA ADMINISTRACION

Articulo 11º. - La administracion del Cementerio

Municipal se encuentra a cargo de la Subgerencia de

Registro Civil y Cementerio de la Gerencia de Desarrollo

Humano.

Articulo 12º. - Son funciones de la Subgerencia de

Registro Civil y Cementerio en lo concerniente al

Cementerio Municipal por lo dispuesto en el Art. 85º del

Reglamento de Organizaciones y Funciones:

a) Organizar y controlar las labores de entierro de cadav eres en el Cementerio Municipal conf o r me a Le y .

b) V elar por la ampliacion y mejor a de la infr aestr uctur a fisica del Cementerio Municipal proponiendo estudios proyectos y alternativas financieras.

c) Garantiza la prestacion de servicios de inhumacion, exhumacion, traslado, deposito de cadaveres en transito, capilla o v elator io de conf o r me a Le y .

d) Controlar las actividades relativas al Cementerio

Municipal.

e) Controlar los servicios basicos de mantenimiento de las areas verdes y accesos al Cementerio Municipal.

f) Supervisar los ingresos y egresos economicos relacionados con las actividades del Cementerio

Municipal dando cuenta a la Gerencia de Desarrollo

Humano y Gerencia de Administracion y Finanzas, las mismas que informaran a la Gerencia General.

g) Informar mensualmente a la Gerencia de Desarrollo

Humano sobre su gestion llevada a cabo en dicho periodo con las observaciones y sugerencias resultantes de la evaluacion para que se informe a la Gerencia Municipal.

h) Aprobar la ubicacion del nicho, tumba o mausoleo solicitado por el solicitante.

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES Y

RESPONSABILIDADES DEL ENCARGADO

DEL CEMENTERIO MUNICIP A L

Articulo 13º. - La Gerencia de Desarrollo Humano en coordinacion con la Subgerencia de Registro Civil y

Cementerio, propondra la designacion de un encargado del

Cementerio Municipal, quien realizara las siguientes funciones: a ) Solicitar al administrado o usuario la orden de servicio generado por la Subgerencia de Registro Civil y

Cementerio.

b ) Informar la factibilidad del lugar de Inhumacion escogido por los solicitantes.

c ) Informar al usuario o administrado los pagos por diferentes conceptos de los servicios que se brinda en d ) Informar las condiciones de venta de nichos y tumbas; asi como los servicios funerarios que brinda el cementerio municipal.

e ) Mantener la seguridad, conservacion del ornato y sus instalaciones.

f ) Mantener la conservacion y el buen estado de los jardines, limpieza de ambientes y de referentes. g ) Supervisar las inhumaciones y sellados de los nichos, no permitiendo que en un mismo nicho permanezca mas de un cadav e r , bajo responsabilidad administr ativ a . h ) Contar con un Padron de Cementerio.

i ) Cuidar que no se coloquen en las lapidas inscripciones o epitafios inconvenientes.

j ) Garantizar que se presten los servicios correspondientes en los dias no laborables (sabados, domingos y feriados).

k ) Supervisar y controlar las labores de los trabajadores que se realicen del cementerio.

l ) Informarse de las disposiciones del presente reglamento.

) Informar mensualmente a la Subgerencia de Registro

Civil y Cementerio sobre el ejercicio de las funciones que ha llevado a cabo en dicho periodo formulando obser v aciones y sugerencias a que hubiere lugar . n ) Abstenerse de tomar acciones sin la autorizacion de la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio . o ) Evitar que personas extrañas y personal de la

Municipalidad interfiera sus funciones y responsabilidades. p ) Y cumplir las funciones dispuestas por la subgerencia de registro Civil y Cementerio..

TITULO V

DE LOS ASPECTOS ESPECIFICOS

CAPITULO I

DEL HORARIO DE A TENCION

Articulo 14º.- El Cementerio Municipal se encuentra abierto al publico de Lunes a Domingo, desde las 8:00 "


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