El Peruano - Edición del 22/02/2006 - Pagina 46
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Lima, miercoles 22 de febrero de 2006
POR T ANT O:
Mando se publique y cumpla
Dado en la sede central del Gobierno Regional de
Ancash, a los ocho dias del mes de febrero del 2006.
RICARDO NAR V AEZ SO T O
Presidente
Gobierno Regional de Ancash
03096
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ORDENANZA REGIONAL
Nº 004-2006-REGION ANCASH/CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM, se aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad
Alimentaria 2004 - 2015, cuya mision es brindar mejores condiciones para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la poblacion peruana, priorizando los grupos vulnerables y en pobreza extrema, contribuyendo con la soberania alimentaria del pais.
Que, con Resolucion Gerencial General Regional
Nº 0530-2005-REGION ANCASH/GGR del 3 de junio del 2005, se conforma el Comite Ejecutivo Multisectorial de Seguridad Alimentaria de la Region Ancash.
Que, se debe entender por seguridad alimentaria al acceso material y economico a alimentos suficientes y nutritivos para todas las personas, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente, para satisfacer sus necesidades nutricionales y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos, depender de dicho acceso, incorporando los conceptos de disponibilidad, uso y estabilidad en el suministro de alimentos.
Que, el Consejo Regional es el maximo organo del
Gobierno Regional de Ancash, es autonomo en el ejercicio de sus funciones en lo normativo, a traves de la aprobacion de ordenanzas y acuerdos regionales conforme lo establece la Ley Organica de Gobiernos
Regionales.
Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley
Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, estipula en el articulo 6º, que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones, que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de los varones y mujeres e igualdad de oportunidades.
Que , la ref er ida Le y , en el ar ticulo 49º estab lece las funciones en mater ia de salud; consistente en f o r m ular , aprobar , ejecutar , e v aluar , dir igir , controlar y administr ar las politicas de salud de la region en concordancia de las politicas nacionales y los planes sectoriales.
Que, es politica primordial del Gobierno Regional de Ancash, mejorar la calidad de vida, adoptando practicas adecuadas en salud, alimentacion y nutricion, teniendo para ello en forma permanente alimentos basicos en cantidad y calidad, siendo estos mayoritariamente productos agropecuarios de la region, desarrollando habilidades y capacidades productivas y habitos de consumo adecuados con la activa participacion de los factores sociales, Estado y empresa privada.
En uso de las atribuciones establecidas en la Ley
Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Le y Nº 27902; y , demas nor Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo mas pertinentes; y estando a lo acordado por unanimidad en la sesion ordinaria llevada a cabo el dia 2 de febrero del 2006;
ORDENA:
Articulo Primero.- Aprobar el documento de Gestion denominado “Estrategia Regional de Seguridad
Alimentaria - ERSA - 2005-2015”, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza.
Articulo Segundo.- Insertar en los Planes
Regionales Sectoriales la “Estrategia Regional de
Seguridad Alimentaria - ERSA - 2005 - 2015”.
Ar ticulo T e r cer o.- Orientar las in v ersiones de los sectores publicos, privados y de la sociedad civil en el marco de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria - ERSA 2005 - 2015.
Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social las coordinaciones para el cumplimiento de la Estrategia Regional de Seguridad
Alimentaria - ERSA 2005 - 2015.
Comuniquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ancash para su promulgacion.
Huaraz, a los seis dias del mes de febrero del 2006.
ELO Y RICARDO NAR V AEZ SO T O
Presidente del Consejo Regional de Ancash
POR T ANT O:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la sede central del Gobierno Regional de
Ancash, a los ocho dias del mes de febrero del 2006.
RICARDO NAR V AEZ SO T O
Presidente
Gobierno Regional de Ancash
03097
GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLA O - -
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2006-REGION CALLAO-CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Articulos 188º, 189º y 190º de la Constitucion P olitica del P eru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del
Capitulo XIV del Titulo IV , sobre Descentr alizacion -Le y
Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralizacion -Ley
Nº 27783-, la Ley Organica de Gobiernos Regionales -
Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas
Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, que da inicio al Proceso de Descentralizacion, señala que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de "
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