El Peruano - Edición del 22/02/2006 - Pagina 47
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Lima, miercoles 22 de febrero de 2006 fundamental el desarrollo integral del pais. El proceso de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralizacion establece en su articulo 3º que la descentralizacion tiene como finalidad el desarrollo integral, armonico y sostenible del pais, mediante la separacion de competencias y funciones y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno en beneficio de la poblacion;
Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas norman asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que, el Art.19º del Reglamento Interno del Consejo
Regional establece que las Comisiones Regionales son grupos de trabajo conformados por Consejeros
Regionales, cuyas funciones principales son normativas y fiscalizadoras. Son organos consultivos del Consejo
Regional, sus objetivos son realizar los estudios que les encomiende el Consejo Regional, formular propuestas y dictamenes, sobre los asuntos que correspondan a su rama de actividades de conformidad con su propio reglamento, para lo cual deberan contar con el apoyo tecnico especializado;
Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 004- 2006-REGION CALLAO-CR, el Consejo Regional del
Gobierno Regional del Callao concedio licencia por sesenta (60) dias a dos señoras Consejeras de la Region
Callao;
Que, el Art. 23º del enunciado cuerpo normativo prescribe que un Consejero Regional puede integrar hasta tres (3) Comisiones Ordinarias y solo puede presidir una de ellas, debiendo los otros dos miembros ser elegidos para los cargos de secretario y vocal en la sesion de instalacion de la Comision, la cual se llevara a cabo dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la publicacion del Cuadro de Comisiones;
Que, como consecuencia de la adopcion de dicho
Acuerdo diversas Comisiones Ordinarias del Consejo
Regional han quedado sin Presidencia y sin el quorum reglamentario para su funcionamiento;
Que, con el fin de que las Comisiones Regionales puedan continuar con el correcto desarrollo de las funciones que les compete, resulta necesario dejar en suspenso las normas del Reglamento Interno del Consejo
Regional que colisionen con el presente acuerdo a efectos de proceder a reconformar las mismas, en tanto dure el periodo de licencia concedida;
Estando a lo acordado y aprobado en Sesion
Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao del dia 17 de febrero del 2006, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de las atr i b uciones conf er idas por la Constitucion P El Gobierno Regional del Cusco expedira el reglamento olitica del P eru, la Le y Organica de Gobier nos Regionales y el
Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno
Regional del Callao.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DEL CALLAO.
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL
SIGUIENTE:
Articulo Primero.- DEJAR en suspenso toda norma referente a la conformacion de las Comisiones Ordinarias en tanto dure el periodo de licencia concedida mediante
Acuerdo del Consejo Regional Nº 004-2006-REGION
CALLAO-CR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente norma.
Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administracion la publicacion de la presente Ordenanza en el Diar io Oficial El P e ruano y en el diario de ma y o r circulacion de la Region.
POR T ANT O:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional del Callao, a los diecisiete dias del mes de febrero del 2006.
ROGELIO CANCHES GUZMAN
Presidente
03253
GOBIERNO REGIONAL
DEL CUSCO @ 7 @
ORDENANZA REGIONAL
Nº 036-2006-CUSCO-CRC/GRC
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesion Ordinaria realizada el dia veintinueve de enero del año dos mil seis, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad, la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL
PREMIO REGIONAL DE MEDICINA
Articulo Primero.- CREACION DEL PREMIO
REGIONAL
Crease el Premio Regional de Medicina «ANTONIO
LORENA ROZAS” a otorgarse cada año, con motivo de celebrarse el Aniversario del Hospital “Antonio Lorena del Cusco”.
A r ticulo Segundo.- CONV OCA T ORIA DEL
PREMIO REGIONAL
El Gobierno Regional del Cusco, es la entidad encargada de organizar y convocar el Premio Regional de Medicina “ANTONIO LORENA ROZAS”.
Ar ticulo T e r cer o.- EL PREMIO
El Premio Regional de Medicina “ANTONIO LORENA
ROZAS”, consiste en la publicacion de las Investigaciones
Cientificas ganadoras y otros reconocimientos que considere apropiados la entidad organizadora del evento.
Articulo Cuarto.- DEL JURADO
Para efectos de la calificacion de las Investigaciones
Cientificas, se conformara el Jurado del Premio Regional de Medicina “ANTONIO LORENA ROZAS”, cuya composicion y numero, asi como sus funciones y procedimientos seran determinados en el Reglamento de la presente Ordenanza Regional.
Disposicion Final.- DEL REGLAMENTO de la presente Ordenanza Regional dentro de los 60 (sesenta) dias siguientes a su entrada en vigencia.
Cusco, enero del 2006
CARLOS RICARDO CUARESMA SANCHEZ
Alcalde
03160
GOBIERNO REGIONAL
LA LIBER T A D 7!
ORDENANZA REGIONAL
Nº 021-2005-CR/RLL
T r ujillo , 8 de no viembre del 2005 "
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