El Peruano - Edición del 22/02/2006 - Pagina 57
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Lima, miercoles 22 de febrero de 2006
Que mediante Informe Nº 045-2006-JL/MSJL, la Jefatura de Logistica, hace de conocimiento que la necesidad de que se tramite la declaratoria de situacion de desabastecimiento inminente para la contratacion del servicio del Suministro de
Comb ustib le par a las Unidades de la Flota V ehicular de la
Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, ello en razon de que a la fecha el Contrato de Suministro de
Combustible con la empresa Inversiones y Servicios
Universal ha vencido y que el mismo no ha sido prorrogado en razon de que se ha interpuesto denuncia penal contra dicha empresa en razon de que habria estado distribuyendo combustible diesel–2 adulterado;
Que, el informe de la referencia emitido por la Jefatura de Logistica da cuenta que con fecha 9 de marzo del 2005, se suscribio el contrato de suministro de combustible con la empresa Inversiones y Servicios
Universal S.A., al haber sido ganadora de la Buena Pro de la Licitacion Pùblica Nº 001-2005-CE/MDSJ, indicandose que a raiz de una serie de quejas por parte del area de Servicios Publicos Locales, se coordino con la Gerencia de Servicios Publicos locales para que se realizaran las pruebas de control de calidad del combustible que se venia suministrando por parte de la empresa Inversiones y Servicios Universal S.A, informandose que se requirio la participacion del
Labor ator io de la F acultad de P etroleo , Gas Natur Octanos al y
P etroquimica de la Univ ersidad Nacional de Ingenieria, entidad que emitio el Informe de Ensayo Nº IE-72505 e
IE-70905 de fecha 9 de diciembre del 2005, el mismo que concluye que el combustible Diesel 2 que venia suministrando la empresa Inversiones y Servicios
Universal no se encontraba de acuerdo a la Norma
Tecnica P e r uana 321.003 y que en atencion a ello con fecha 4 de enero del 2006, mediante Memorando
Nº 1136-2005-PPM/MDSJL, la Procuraduria Municipal da cuenta de que se ha interpuesto denuncia penal ante la Fiscalia P enal correspondiente de Lima, en contr Adquisiciones del Estado en el plazo de 10 dias a de la empresa Grifos Universal, al haberse verificado que el producto diesel 2 se habria encontrado adulterado, refiriendo que con fecha 5 de enero del 2006, el contrato de suministro de combustible con la empresa Inversiones y Servicios Universal concluyo y dado los antecedentes que han derivado en una denuncia penal ante la fiscalia, la entidad decidio, (en salvaguarda de los interes de la corporacion) no dar tramite a mayor prorroga del contrato con dicha empresa, toda vez que estaba en cuestionamiento la calidad misma del producto que se venia suministrando;
Que, asimismo se verifica que la situacion descrita, esta configurando una situacion de orden objetivo y que amerita que se tramite la Declaracion de
Desabastecimiento Inminente, para proceder a realizar la contratacion del Suministro de Combustible para las
Unidades de la Flota V ehicular de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, mientras dure el proceso de seleccion para el ejercicio 2006, a efecto de permitir que las unidades de la flota vehicular sigan prestando los servicios de limpieza publica asi como los demas servicios que se presta a la ciudad;
Que, asimismo mediante Informe Nº 086-2006-GAJ/
MDSJL la Gerencia de Asesoria Juridica de la
Municipalidad de San Juan de Lurigancho emite su informe legal en el sentido de que el requerimiento planteado por la Jefatura de Logistica, configura el supuesto de situacion de urgencia previsto en el articulo 19º del D .S. Nº 083-2004-PCM T e xto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se trata de una situacion extraordinaria que compromete un servicio esencial a favor de la comunidad, razon por la cual se pronuncia por la procedencia de que se declare la Situacion de
Desabastecimiento Inminente en este extremo mientras dure el proceso de seleccion convocado para tal fin;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, Ley
Nº 27972 y en el D . S . Nº 083-2004-PCM y D . S . Nº 084-2004-
PCM, con el V O T O MA Y ORIT ARIO del Pleno del Concejo 5519A Casa de Huespedes y P , las ABSTENCIONES DE LOS SEÑORES REGIDORES
J U AN BALDEON SURICHA Q UI, NEST OR NEPT ALI
CARPIO SO T O , JU AN SIL V A MALLQ UI, R OMER LA YME
ESCOBAR y JOEL ESTRA VER T ORRES , con la dispensa del tramite de comisiones y de lectura y aprobacion del acta.
ACUERDA:
Articulo Primero.- Declarar en Situacion de
Desabastecimiento Inminente la contratacion del
Suministro de Combustible para las Unidades de la Flota
V ehicular por un plaz o de 45 dias o hasta la f echa en que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro de la
Licitacion Publica correspondiente para la ”Contratacion del Suministro de Combustible para las Unidades de la
Flota V ehicular”, e xonerandose del proceso de seleccion correspondiente durante dicho plazo.
Articulo Segundo.- Autorizar a la entidad para que a traves del organo competente proceda a ejecutar las acciones administrativas pertinentes respecto a la
Contratacion del Suministro de Combustible para las
Unidades de la Flota V ehicular segun el detalle siguiente:
Semanal Unitario x Galon
1
Gasolina 84 Galon
62
S/ 11.59 octanos
N u evos Soles
2
Gasolina 90 Galon
406
S/. 12.95
Octanos
N u evos Soles
3
Gasolina 97 Galon 27 S/. 15.71
N u evos Soles
4
D i e s e l - 2
Galon 3,500 S/. 10.49
Nuevos Soles
Fuente de Financiamiento : Recursos Directamente Recaudados.
A r ticulo T e r cer o.- Encargar a la Secretar i a
Municipal la publicacion del presente Acuerdo en el
Diar io Oficial El P e r uano , asi como remitir el presente a conocimiento de la Contraloria General de la
Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y siguientes de su aprobacion.
Articulo Cuarto.- Encargar a la Jefatura de Logistica la publicacion del presente acuerdo en el SEACE del
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado.
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.
MA URICIO RABANAL T ORRES
Alcalde
03223
MUNICIP ALID AD DE SAN MIGUEL
FE DE ERRA T A S
ORDENANZA Nº 101-MDSM
Mediante Oficio Nº 026-2006-SG/MDSM, la
Municipalidad Distrital de San Miguel, solicita se publique
Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 101-MDSM, publicada en la edicion del dia 10 de febrero de 2006.
1.- OCT A V O CONSIDERANDO:
DICE: presentado en el mes de octubre de 2005 al Instituto
Metropolitano de Lima, la propuesta de Reajuste de Indices de Usos para la Ubicacion de algunas Actividades
Comerciales en Zonas Urbanas de la jurisdiccion de San
Miguel; a efectos de ser incluida en la aprobacion del Plan de Acondicionamiento T err itor ial por la Pro vincial, conf or me a lo establecido en la Ordenanza Nº 620-MML; en ella, se elimina los Codigos 5511 (Hotel para categoria igual o menor a T res Estrellas), 5512 (Hostal), 5513 (Apar t Hotel), ension), 5519B (Albergue), 5520E (Bares, Cantinas, Choperias y Pubs), 9219A (Salones de Baile, Discotecas, Boites, Salsodromos, Pubs,
Karaoke y similares), 9219C (Casinos, Salas de Bingo,
T r agamonedas y T elepodromo) y 9219F (Prostib ulos y
Casa de Cita);” "
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