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El Peruano - Edición del 22/02/2006 - Pagina 68


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Lima, miercoles 22 de febrero de 2006

MUNICIP ALID AD DE

SANTIA GO DE SURCO

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 24-2006-ACSS

Santiago de Surco, 17 de febrero de 2006

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesion

Extraordinaria de la fecha, teniendo en consideracio marco normativo suficiente que permita dar n l a propuesta del señor Regidor Carlos Alfo nso Massa

Gonzalez-Olaechea, integrante de la Comision Contra la Corrupcion de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2006, conformada mediante Acuerdo de

Concejo Nº 05-2006-ACSS de fecha 12ENE2006, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto por Unanimidad, el siguiente:

ACUERDO:

Designar como miembros de la Comision Contra la

Corrupcion de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2006, conformada mediante Acuerdo de

Concejo Nº 05-2006-ACSS de fecha 12ENE2006, a las siguientes personas:

V ecinos: - Jose Ramiro Hernandez Ramirez.

- Carlos Enrique Bustamante Dawson.

P e riodista: - Jose Omar Ze v allos V elarde .

POR T ANT O:

Mando se registre, publique y cumpla.

CARLOS DARGENT CHAMOT

Alcalde

03199

PR O VINCIAS

MUNICIP ALID AD DE LA PERLA

ORDENANZA Nº 003-2006-MDLP

La P e r la, 17 de f ebrero del 2006

EL ALCALDE DE LA MUNICIP ALID A D

DISTRIT AL DE LA PERLA

POR CUANTO:

Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de febrero del 2006, y el Dictamen de la Comision de

Administracion, Economia y Presupuesto; sobre la

Sentencia del T r i b unal Constitucional Nº 0053-2004-AI/

TC; y ,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 20 del articulo 139º de la Constitucion

P olitica del P eru estab lece que es un pr incipio y derecho de la funcion jurisdiccional, la independencia en el ejercicio de la funcion jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones.

T ampoco puede dejar sin ef ecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en tramite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecucion. Estas disposiciones no afectan el derecho de gracia ni la facultad de investigacion del

Congreso, cuyo ejercicio no debe, sin embargo, interferir en el procedimiento jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno;

Que , en aplicacion a la Sentencia de T r i b unal

Constitucional recaida en el Expediente Nº 0053-2004-

AI/TC , la Municipalidad de La P e r la debera crear el cumplimiento a lo dispuesto por dicho organismo en materia del recalculo de los arbitrios de los años anteriores al 2006;

Que, mediante INFORME Nº 027-2006-GM/MDLP la

Gerencia Municipal remite al Despacho de Alcaldia el

Proyecto de Ordenanza que suspende los cobros por arbitrios municipales de los ejercicios anteriores al 2006, elaborado por el Gerente (e) de la Gerencia de

Administr acion T r ib utar ia, contando con el INFORME

Nº 053-2006-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de

Asesoria Juridica;

Que, mediante OFICIO Nº 060-2006-ALC-MDLP se remite a la Comision de Administracion, Economia y

Presupuesto, para la emision del Dictamen;

Que, mediante OFICIO Nº 006-2006-COM.ADM.E.

P ./MDLP la Comision de Administr acion, Economia y

Presupuesto, remite al Despacho de Alcaldia, el Dictamen correspondiente;

En uso de las facultades conferidas en el inciso 8), articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley

Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNANIME de los (as) señores (as) Regidores (as) y , con la dispensa del tramite de aprobacion del

Acta;

SE APROBO:

ORDENANZA

QUE SUSPENDE LOS COBROS POR

ARBITRIOS MUNICIP ALES DE LOS

EJERCICIOS ANTERIORES AL 2006

Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO todas las

Resoluciones de Determinacion emitidas y/o notificadas por concepto de arbitrios municipales de ejercicios anteriores al 2006, que se encuentran pendientes de pago o hayan sido objeto de fraccionamiento tributario con saldo deudor .

Articulo Segundo.- SUSPENDER de manera definitiva todos los procedimientos de cobranza coactiva generados por obligaciones pendientes de pago por arbitrios municipales de ejercicios anteriores al 2006, contenidas en las Resoluciones de Determinacion o

Resoluciones de Perdida de Beneficio de

F r accionamiento T r ib utar io .

Ar ticulo T e r cer o.- REESTR UCTURAR todos los fraccionamientos tributarios que contengan obligaciones pendientes de pago correspondientes a arbitrios municipales de ejercicios anteriores al año 2006 y otros tributos.

Articulo Cuarto.- SUSPENDER todo acto de cobranza ordinaria emision y notificacion de Resoluciones de Determinacion, liquidaciones de pago, estados de cuenta y/o cualquier otro documento, que contengan obligaciones pendientes de pago por arbitrios municipales de ejercicios anteriores al 2006.

Ar ticulo Quinto.- CONSIDERAR COMO P A G O S

CONSENTIDOS NO COMPENSABLES los pagos realizados por concepto de arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo hasta el 17 de agosto de 2005. Los pagos efectuados a partir del 18 de agosto de 2005 seran imputados como pagos "


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