El Peruano - Edición del 23/02/2006 - Pagina 40
"
Lima, jueves 23 de febrero de 2006 d e l P e r u - Comprobante de pago ( * ) El renunciante debe cumplir con certificar su firma ante el Secretario General del JNE
La solicitud debe expresar que su renuncia es incondicional e irrevocable, sin ser necesaria la expresion de causa.
02.42
Renuncia a la candidatura al cargo de Congresista de la 1 Solicitud dirigida al Jurado Electoral Especial constituido en la capit al del departamento, suscrita
U I T TRAMITE 1 0 % Jurado Electoral Especial Jurado Electoral Especial N o aplicable
Republica por el propio candidato (*)
UIT
Art. 123º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) 2
Adjuntar:
Res. Nº 047-2006-JNE (25/01/06) -
Comprobante de pago ( * ) El renunciante debe cumplir con certificar su firma ante el Secretario del Jurado Electoral
Especial.
La solicitud debe expresar que su renuncia es incondicional e irrevocable, sin ser necesaria la expresion de causa
02.43
Pedido de nulidad de elecciones realizadas en
Oficinas 1
Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por el personero lega l 5 0 % Oficina de Orientacion Electoral y Pleno del JNE N o aplicable
Consulares
U I T Servicios al Ciudadano
Arts. 247º y 248º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) 2
Adjuntar: - Prueba instrumental - Comprobante de pago
02.44
Pedido de nulidad de elecciones realizadas en cualquier 1
Solicitud dirigida al Jurado Electoral Especial, suscrita por el person ero legal 2 5 % Jurado Electoral Especial
Jurado Electoral Especial Pleno del JNE distrito electoral o provincia
UIT
Art. 364º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) 2
Adjuntar:
Art. 36º, incisos f) y j) de la Ley Nº 26486 -
Prueba instrumental - Comprobante de pago
02.45
Pedido de nulidad total de elecciones 1 Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por el personero legal 1 Oficina de Orie ntacion Electoral y
Pleno del JNE N o aplicable
Arts. 365º y 367º de la Ley Nº 26859 (01/10/97)
U I T Servicios al Ciudadano
Art. 184º de la Constitucion Politica del Peru 2
Adjuntar: - Prueba instrumental - Comprobante de pago
Plazo de presentacion: tres dias contados desde el dia siguiente al de la proclamacion de los resultados o de la publicacion de la resolucion que origine el recurso
02.46
Pedido de nulidad de la votacion realizadas en las mesas 1 Solicitud dirigida al Jurado Electoral Especial, suscrita por el perso nero legal 2 5 % Jurado Electoral Especial
Jurado Electoral Especial Pleno del JNE de sufragio
UIT
Art. 363º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) 2
Adjuntar:
DERECHO por cada
Art. 36º, incisos f) y j) de la Ley Nº 26486 (21/06/95) -
Prueba instrumental pedido - Comprobante de pago
02.47
T acha contr a los miembros de mesa de sufr agio 1 T acha dir igida al J u r ado Electoral Especial, autorizada por letrado habil 5 %
Mesa de partes de la ODPE
Jurado Electoral Especial Pleno del JNE
Art. 60º de la Ley Nº 26859 (1/10/97), modificado por Ley
UIT
IMPUGNACION
Ver item 02.48
Nº 28661 (29/12/05) 2 Adjuntar: por cada
Art. 57º de la Ley Nº 26859 (1/10/97) -
Copia del DNI del ciudadano que formula la tacha miembro - Prueba instrumental de la infraccion que sustenta la tacha. tachado - Comprobante de pago
Plazo: Dentro los 3 dias de la publicacion de la lista de miembros
02.48
Recurso de apelacion contra la tacha resuelta por el 1
Recurso de apelacion dirigido al Jurado Electoral Especial, autorizada por letrado habil 1 0 % Jurado Electoral
Especial Pleno del JNE N o aplicable
Jurado Electoral Especial
UIT
Art. 60º de la Ley Nº 26859 (1/10/97), modificado por Ley 2
Adjuntar:
Remite el recurso el mismo dia de su R e s u e l v e d e ntro de 3 dias posteriores
Nº 28661 del 29/12/05 -
Copia de la resolucion impugnada r e c e p c i o n a l J N E de haberlo recibido - Comprobante de pago
Plazo: Dentro los 3 dias siguientes al acto de la notificacion
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS
DEPENDENCIA DONDE
AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE
DE TRAMITE SE INICIA EL TRAMITE RESUEL VE EL RESUEL VE LA "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 | 85 | 86 | 87 | 88 | 89 | 90 | 91 | 92 | 93 | 94 | 95 | 96 | 97 | 98 | 99 | 100 | 101 | 102 | 103 | 104 | 105 | 106 | 107 | 108 | 109 | 110 | 111 | 112 |
(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.
Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.
AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
