El Peruano - Edición del 23/02/2006 - Pagina 45
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Lima, jueves 23 de febrero de 2006 firmas o huellas digitales en un numero, no menor al 10% de la poblacion electoral - Propuesta debidamente fundamentada a ser sometida a Referendum, conforme a ley
Consideraciones: - Las provincias y distritos contiguos a una futura region podran cambiar de circunscripcion por - No procede un nuevo referendum para la misma consulta sino hasta despues de 6 años
07.66
Referendum de aprobacion o desaprobacion de ordenanzas 1 Solicitud del concejo municipal o de vecinos que representen no menos de l 20% del numero
Gratuito
Oficina de Orientacion Electoral y
Pleno del JNE N o aplicable municipales, excepto las de naturaleza tributaria total de electores de la provincia o distrito segun corresponda
DEPENDENCIA DONDE
Servicios al Ciudadano
Art. 115º de la Ley Nº 27972 (27/05/03) Art. 39º, inciso b) de la Ley Nº 26300 (02/05/94)
Plazo de realizacion:120 dias naturales siguientes a la solicitud
Consideraciones: - P ara que los resultados del referendum municipal surtan efectos legales se requiere la votacion valida de por lo menos el 35% del total de electores de la circunscripcion consultada - Pasado los 3 años, un mismo tema puede ser sometido a referendum por segunda vez
07.67
Convocatoria al proceso de consulta popular de revocatoria 1 Expediente remitido por la ONPE
Gratuito
Oficina de Orientacion Electoral y
Pleno del JNE N o aplicable del mandato de autoridades regionales y municipales y
Servicios al Ciudadano magistrados que provengan de eleccion popular 2 A d j u n t a r
Previa evaluacion del expediente,
Arts. 3º, 20º, 21º y 22º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) - Certificacion de la ONPE, del cumplimiento de los requisitos formales, p revistos en la ley procedera a la convocatoria del proceso
Art. 4º de la Ley Nº 27539 (25/10/01) modificada por la -
Planillones de firmas de adherentes y el acta de verificacion alcanzand o el minimo legal las autoridades
Ley Nº 28035 (23/07/03) expedida por el organo electoral competente
Posteriormente y segun los resultados de
Consideraciones la consulta popular el JNE acredita o no al - La verificacion de las firmas de adherentes correspondiente al 25% de los electores de la reemplazante de la autoridad respectiva circunscripcion es gratuita - Los promotores deberan señalar domicilio comun para efectos del procedimiento - La autoridad a ser revocada y los promotores podran designar un personero (representante) para presenciar y fiscalizar todos los actos del proceso - En el caso de magistrados electos que fueran revocados el Jurado Nacional de Elecciones procedera conforme a la ley de la materia
Plazo de presentacion: No procede durante el primer y ultimo año de la gestion, salvo en el caso de magistrados. En uso de sus facultades el Jurado Nacional de Elecciones podra fijar un plazo limite para un mejor desarrollo
07.68
Remo cion d e a utorida des d e s ign ada s por el
Gobierno C entral 1
Solicitud de remocion dirigida al Presidente del JNE, referida a det erminada autoridad en
Gratuito
Oficina de Orientacion Electoral y
Pleno del JNE N o aplicable o Regional, en jurisdiccion regional, departamental, provincial particular (no necesita ser fundamentada, ni probada) señalando domicilio comun
Servicios al Ciudadano o distrital Art. 27º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) 2
Adjuntar:
Resolucion Nº 050-2003-JNE (23/01/03) -
Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto
Art. 4º de la Ley Nº 27706 (25/04/02) con una copia, con la relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identificacion, firmas o huellas digitales en un numero no menor al 50% de los ciudadanos de una circunscripcion electoral o judicial
Consideraciones: - El Secretario General remite al organo electoral competente la lista de adherentes para la verificacion y si este, reporta como resultado de la verificacion que mas del 50% de las firmas presentadas son validas la autoridad es removida El funcionario removido no podra volver a desempeñar el mismo cargo en los siguientes 5 años
07.69
Demanda de Rendicion de Cuentas. 1
Solicitud dirigida al Presidente del JNE, interpelando a las autoridades (sujetas a revocatoria
Gratuito
Oficina de Orientacion Electoral y Pleno del JNE N o aplicable
Arts. 32º, 33º, 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) y remocion) respecto a la ejecucion presupuestal y el uso de recursos propios de la entidad
Servicios al Ciudadano estatal respectiva 2 Adjuntar:
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS
DERECHO
AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE
DE TRAMITE SE INICIA EL TRAMITE RESUEL VE EL RESUEL VE LA
U I T TRAMITE
IMPUGNACION "
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