El Peruano - Edición del 24/02/2006 - Pagina 19
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Lima, viernes 24 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES
Pag. 313181 nueve (9) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Rio Claro T ecnologia Ltda. (Br asil), segun el siguiente detalle:
N º
Registro
Codigo de la Memoria 0 1
A0006721
B O O T .01.V1.0 (U22) 0 2
A0006722
GRANJA.01V1.0 U23 (U23) 0 3
A0006723
GRANJA.01V1.0 U24 (U24) 0 4
A0006724
OCEANUS.01V1.0 U23 (U23) 0 5
A0006725
OCEANUS.01V1.0 U24 (U24) 0 6
A0006726
REYESDEEGIPTO.01V1.0 U23 (U23) 0 7
A0006727
REYESDEEGIPTO.01V1.0 U24 (U24) 0 8
A0006728
POKER 01V1.0 U23 (U23) 0 9
A0006729
POKER.01V1.0 U24 (U24)
Registrese, comuniquese y publiquese.
MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.
Director Nacional de T u r ismo
03332
Autorizan y registran modelos de ma- quinas tragamonedas a solicitud de di- versas empresas
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 148-2006-MINCETUR/VMT/DNT
Lima, 30 de enero de 2006
Visto, el Expediente Nº 001876-2005-MINCETUR, de fecha 6.12.2005, presentado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley
Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el pais son aquellos que cuentan con autorizacion y registro;
Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas;
Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de
Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Le y , el Reglamento y las Directiv as;
Que, realizada la evaluacion del Certificado de
Cumplimiento Nº 200511-50, de fecha 25.11.2005, e xpedido por el Labor ator io de Cer tificacion de la P memorias que componen el programa de juego, segun ontificia
Univ ersidad Catolica del P eru, y v e rificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo
Nº 009-2002-MINCETUR;
Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de T u r ismo acceda a la autorizacion y registro solicitado;
De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto
Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento
Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Inf or mes Tecnico Nº 007- 2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-YGP y
Legal Nº 164-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/
SDAR;
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., el modelo de maquina tragamonedas fabricado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos -
UNIDESA (España).
Nº de Registro
B0000261
Codigo del Modelo CIRSA S400 VIDEO DL
Descripcion
Maquina tragamonedas de video vertical con tapa semicircular. En la parte central tiene un monitor de diecisiete (17”) pulgadas el cual puede mostrar informacion de la tabla de pagos.
Este modelo puede incluir un monitor de tacto.
Como medios de juego cuenta con un aceptador de monedas y puede incluir un aceptador de billetes. Como medios de pago puede contar con un hopper. Este modelo no cuenta con palanca lateral y cuenta con soporte fisico para interconexion en red.
Dimensiones del Alto: 120.00 cm
Modelo
Largo: 59.00 cm
Ancho: 52.00 cm
Registrese, comuniquese y publiquese.
MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.
Director Nacional de T u rismo
03327
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 149-2006-MINCETUR/VMT/DNT
Lima, 30 de enero de 2006
Visto, el Expediente Nº 001865-A-2005-MINCETUR, de fecha 6.12.2005, presentado por la empresa Gaming and Services S.A., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley
Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el pais son aquellos que cuentan con autorizacion y registro;
Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas;
Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de
Cumplimiento que acreditara que el modelo o las sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Le y , el Reglamento y las Directiv as;
Que, realizada la evaluacion del Certificado de
Cumplimiento Nº 200511-52, de fecha 25.11.2005, e xpedido por el Laboratorio de Cer tificacion de la P ontificia
Univ ersidad Catolica del P eru, y v e r ificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo
Nº 009-2002-MINCETUR;
Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de T u r ismo acceda a la autorizacion y registro solicitado; "
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