AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |

El Peruano - Edición del 24/02/2006 - Pagina 74


"

Lima, viernes 24 de febrero de 2006

MUNICIP ALID AD DE

INDEPENDENCIA :     8   = -   - - 4  -

RESOLUCION DE ALCALDIA

Nº 209-2006-MDI

Independencia, 17 de febrero de 2006

EL ALCALDE DE LA MUNICIP ALID AD DISTRIT AL

DE INDEPENDENCIA

VISTO: el Informe Nº 002-2006-GM emitido por la

Gerencia Municipal, del 16 de febrero del 2006, por el cual presenta el Proyecto de Directiva “Neutralidad y

T r ansparencia de Funcionar ios y Ser vidores de la

Municipalidad Distrital de Independencia durante los

Procesos Electorales 2006, Presidencial, Regional y

Municipal”; solicitando su aprobacion;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el ar ticulo 194º de la Constitucion P olitica del P Nacional de Identificacion y Estado Civil- y sus eru, modificado por la Ley Nº 27680 - “Ley de Reforma

Constitucional sobre Descentralizacion” y la Ley

Nº 27972 - “Ley Organica de Municipalidades”, las

Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura como la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico;

Que, la neutralidad de los funcionarios y servidores es un principio que debe guiar la actuacion de la

Administracion Publica y constituye la contrapartida del derecho de participacion politica en condiciones de igualdad, el que se encuentra reconocido por la

Constitucion P olitica del P eru;

Que, en tal razon, se hace necesario proceder a la aprobacion del proyecto de Directiva propuesto por la

Gerencia Municipal.

Estando a lo expuesto; contando con la opinion favorable de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y

Racionalizacion mediante el Informe Nº 033-2006-OPPR; y de la Unidad de Asesoria Legal mediante el Informe

Nº 031-2006-UAL y en ejercicio de las atribuciones conf eridas por la Constitucion P olitica del P Servidor Publico eru y los articulos 20º numerales 6 y 23 y 43º de la “Ley Organica de Municipalidades”;

RESUEL VE:

Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 001- 2006-GM/MDI “NEUTRALID AD Y TRANSP ARENCIA DE

FUNCIONARIOS Y SER VIDORES DE LA MUNICIP A-

LID AD DISTRIT AL DE INDEPENDENCIA DURANTE

LOS PROCESOS ELECTORALES 2006, PRESI-

DENCIAL, REGIONAL Y MUNICIP AL ”, que f o r ma par politicos, agrupaciones politicas independientes o te de la presente Resolucion.

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia

Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Administracion de Recursos y al Organo de Control

Institucional el cumplimiento de la presente Resolucion.

Registrese, comuniquese y cumplase.

YURI VILELA SEMINARIO

Alcalde

Directiva Nº 001-2006-GM/MDI

FUNCIONARIOS Y SER VIDORES DE LA

MUNICIP ALID AD DISTRIT AL DE INDEPENDENCIA

DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES 2006,

PRESIDENCIAL, REGIONAL Y MUNICIP AL ”

I GENERALIDADES

1.1 Objetivos

Son Objetivos de esta Directiva:

a) Promover que los funcionarios y servidores de la

Municipalidad Distrital de Independencia cumplan adecuadamente con el principio de neutralidad durante el proceso electoral del año 2006, Presidencial, Regional y Municipal.

b) Asegurar que no se utilicen recursos de la

Municipalidad a favor o en contra de los candidatos durante el proceso electoral 2006.

1.2 Base Normativa

Los fundamentos de esta Directiva estan contenidos en las siguientes normas:

a) La Constitucion P olitica del P eru.

b) Decreto Legislativ o Nº 635. El Codigo P e nal.

c) La Ley Nº 26859 - Ley Organica de Elecciones y sus modificaciones.

d) La Ley Nº 26486 - Ley Organica de la Oficina

Nacional de Elecciones y sus modificaciones.

e) La Ley Nº 264787- Ley Organica de la Oficina

Nacional de Procesos Electorales y sus modificaciones.

f) La Ley Nº 26497- Ley Organica del Registro modificaciones.

g) La Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica.

h) Reglamento de la Ley del Codigo de Etica, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM.

i) Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Publico.

j) El Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la

Carrera Administrativa.

k) El Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM.

l) Decreto Legislativo Nº 728, Ley del Fomento del

Empleo.

m) Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de

Productividad y Competitividad Laboral.

1.3 Glosario de Terminos

Candidato

Ciudadano postulante a cualquier cargo de eleccion popular , incluyendose aquellos que han manif estado publicamente su voluntad de postular a un cargo elegido por v oto popular , aunque no ha y an inscr ito aun su organizacion politica o candidatura.

T odo funcionario o ser vidor de la Municipalidad Distr ital de Independencia en cualquiera de los niveles jerarquicos tenga la condicion de nombrado, contratado, designado en confianza que desempeñe actividades o funciones en nombre de la Municipalidad.

Organizaciones Politicas

T odas las organizaciones politicas de alcance nacional, regional, local provincial o local distrital. Estas a su vez pueden ser partidos politicos, movimientos alianzas politicas, inscritas o no en el Registro de

Organizaciones P oliticas del J u r ado Nacional de

Elecciones.

Proselitismo Politico

Cualquier actividad realizada por los servidores publicos de la Municipalidad Distrital de Independencia, en el ejercicio de su funcion, o por medio de la utilizacion de los bienes de la Corporacion Municipal, destinada a favorecer o perjudicar los intereses particulares de "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.